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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (13/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de abril de 2009 394211 • Se exonerará del pago del 10% del valor de la Obra por concepto de Multa a que se refi ere el artículo 70° del Reglamento de la Ley Nº 29090. (Sólo en el caso del Procedimiento Nº 1 y 3). • Se exonerará del pago del Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios a todas las personas que se acojan a la Regularización de Edifi caciones. (Sólo en el caso del Procedimiento Nº 1 y 3). CAPÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 10º.- Actividades comerciales con Uso No Conforme Todas aquellas actividades comerciales que se encuentren desarrollando en las zonas establecidas en el artículo 1º de la presente y que tengan Uso No Conforme, de acuerdo al Anexo 3 aprobado mediante Ordenanza Nº 1176-MML, tendrán que retirarse, al no ser pasibles de regularización, para lo cual se les otorga como plazo máximo el 31 de diciembre del presente año, luego del cual se iniciará el procedimiento sancionador correspondiente. Aquellos establecimientos formalmente establecidos, que con la aprobación de la Ordenanza Nº 1176-MML hubieran devenido en uso no conforme, podrán continuar su funcionamiento mientras el cambio de zonifi cación no le sea oponible conforme a lo establecido en el artículo 14º de la Ley Nº 28976. En caso de cambiar de giro, la nueva actividad deberá estar prevista conforme al Índice de Usos vigente. Artículo 11º.- Uso del Retiro Municipal con Fines comerciales Se permitirá el uso del retiro municipal solo para fi nes comerciales de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 12º.- Jardín de Aislamiento No se permitirá el uso de jardín de aislamiento por ser estos espacios públicos de la ciudad y por tanto los propietarios, poseedores o conductores de locales comerciales o de servicios que se encuentran ocupando dichos espacios públicos, deberán dejarlos libres; de acuerdo a la Tercera Disposición de la Ordenanza N° 1176-MML. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Todos aquellos locales comerciales que hayan iniciado sus actividades con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 1176-MML, en giros no compatibles a los autorizados, no les resulta de aplicación la presente Ordenanza y serán sujetos a la fi scalización inmediata. Segunda.- Los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza no dan derecho a compensación ni devolución alguna por pagos efectuados anteladamente. Tercera.- El plazo de adecuación otorgado, para los casos que contempla el artículo 10º de la presente Ordenanza estará condicionado a que los conductores de los establecimientos se comprometan a no utilizar la vía pública para realizar las actividades comerciales, ni generar molestia vecinal fundada, caso contrario se tomarán las acciones de fi scalización pertinentes. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Fiscalización y Autorizaciones Comerciales, a la Gerencia de Participación Vecinal y a la Unidad de Desarrollo Económico, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus funciones y competencias. Sexta.- La Gerencia de Desarrollo Económico y de la Ciudad en un plazo no mayor de tres meses someterá a consideración la propuesta para Reglamentar los Indicadores Operacionales complementaria de la Ordenanza Nº 1176-MML, que aprueba el Reglamento de los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios y el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en las Zonas de Reglamentación Especial del Distrito de San Borja. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 334732-1 Ordenanza que regula los horarios y condiciones para la ejecución de obras civiles en el distrito, a fin de no perturbar la tranquilidad de los vecinos ORDENANZA Nº 429-MSB San Borja, 30 de marzo de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la VI-2009 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30.03.2009 el Dictamen Nº 003-2009-MSB–CDU y Dictamen Nº 012-2009-MSB-CAL, de la Comisión de Desarrollo Urbano y Comisión de Asuntos Legales, respectivamente, sobre la Ordenanza que regula los horarios y condiciones para la ejecución de obras civiles en el distrito, a fi n de no perturbar la tranquilidad de los vecinos. De conformidad con la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS HORARIOS Y CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS CIVILES EN EL DISTRITO, A FIN DE NO PERTURBAR LA TRANQUILIDAD DE LOS VECINOS Artículo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los horarios para la ejecución de las obras civiles en general en el distrito de San Borja, sea en propiedad privada o pública realizadas por el sector público o privado. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la presente Ordenanza los procesos constructivos y de demolición que se efectúan dentro de la jurisdicción del distrito de San Borja que cuenten con Licencia de Edifi cación en general a favor de persona natural o jurídica en propiedad pública o privada. Artículo 3º.- ÓRGANOS COMPETENTES Los Órganos competentes para la aplicación de la presente Ordenanza son la Unidad de Control Urbano y la Unidad de Policía Municipal. Artículo 4º.- HORARIO PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS CIVILES El horario para la ejecución de obras civiles en propiedad privada o pública realizadas por el sector público o privado deberán ser efectuadas sólo de lunes a viernes de 8:00 a 17:30 horas y los sábados de 8:00 a 13:00 horas, quedando terminantemente prohibida la ejecución de obras civiles fuera del horario establecido así como los días domingos y feriados durante las 24 horas del día. Artículo 5º.- EXCEPCIONES Excepcionalmente y por causas debidamente justifi cadas se podrán realizar obras fuera de los horarios establecidos, en los siguientes casos: • Cuando por razón de emergencia se soliciten realizar trabajos relacionados a servicios públicos en vías