Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
VISTO:

394355

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 067-2009-PCM MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara a la MORDAZA de Puerto Espana, Republica de MORDAZA y Tobago, los dias 17, 18 y 19 de MORDAZA del presente ano, con la finalidad de participar en la "V Cumbre de las Americas", la cual contara con la presencia de los Jefes de Estado y de Gobierno de toda la region, para impulsar acciones conjuntas que permitan asegurar el futuro de nuestros ciudadanos promoviendo la prosperidad humana, la seguridad energetica y la sostenibilidad ambiental, a traves de una agenda regional colectiva; constituyendo una oportunidad propicia para que se fortalezcan los objetivos regionales de nuestra politica exterior, y nuestros lazos con paises asistentes mediante encuentros bilaterales que podran sostenerse en el MORDAZA de la citada Cumbre; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, a partir del dia 17 de MORDAZA de 2009 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 336719-24

El Informe Legal Nº 0214-2009-ANA-OAJ que recomienda dictar disposiciones para la implementacion de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, en cuanto se refiere al establecimiento del valor y cobranza de las retribuciones economicas por el uso del agua para el 2009; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 91º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, la retribucion economica por el uso del agua es el pago que en forma obligatoria deben abonar al Estado todos los usuarios de agua como contraprestacion por el uso del recurso, y es establecida por la Autoridad Nacional del Agua en funcion de criterios sociales, ambientales y economicos; Que, conforme establece la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua esta facultada para dictar las disposiciones necesarias para la implementacion de dicha ley, en tanto se aprueben sus normas reglamentarias; Que, en este contexto se debe considerar que la ex Intendencia de Recursos Hidricos del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales, mediante Informe Nº 462-2008INRENA-IRH-DIRHI/JAH-LOC e Informe Tecnico Nº 5162008-INRENA-IRH-DIRHI/JAH-LOC, senalo que las variables tomadas en cuenta en los estudios tecnicos que sustentaron las tarifas de uso de agua superficial con fines no agrarios para el ano 2008, ahora denominados retribuciones economicas, no han presentado variaciones significativas; recomendando que para el 2009, se apruebe como valor de las retribuciones economicas por uso del agua con fines industriales, mineros y poblacionales, el equivalente a las respectivas tarifas establecidas para el 2008 con Decreto Supremo Nº 005-2008-AG; Que, para las retribuciones economicas por el uso del agua con fines agrarios, el informe de la ex Intendencia de Recursos Hidricos, senala que, debe establecerse un valor equivalente al aprobado en el ano 2008 como componente "canon de agua" de la tarifa de uso de agua superficial con fines agrarios; Que, en consecuencia, estando pendiente de reglamentacion la Ley de Recursos Hidricos, resulta necesario dictar disposiciones para la implementacion de dicha ley, en cuanto se refiere al establecimiento del valor y cobranza de las retribuciones economicas por el uso del agua para el 2009 tomando en consideracion lo opinado por la ex Intendencia de Recursos Hidricos; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0392008-AG Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y en uso de la facultad conferida por la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hidricos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disposicion para implementar la retribucion economica por uso de agua superficial para el 2009 1.1. Disponer que el valor de la retribucion economica por el uso del agua superficial que abonaran los usuarios para el 2009, en nuevos soles por metro cubico, es el siguiente:
Uso Categorias de retribuciones economicas en S/. x m3 Minima Industrial Minero Poblacional Agrario 0.04634 0.03048 0.00424 Media 0.05497 0.03910 0.01286 MORDAZA 0.06347 0.04760 0.02136

AGRICULTURA
Establecen disposiciones para la implementacion de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, en cuanto se refiere al establecimiento del valor y cobranza de las retribuciones economicas por el uso de agua para el 2009
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0201-2009-ANA MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2009

El valor por metro cubico, sera equivalente al valor del componente canon de agua de la tarifa de uso de agua superficial con fines agrarios, aprobado por la respectiva Administracion Tecnica de Distrito de Riego para el ano 2008.

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