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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de abril de 2009 394362 GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 54 029,00 ____________ SUBTOTAL 54 029,00 ____________ TOTAL 10 264 259,00 ============ A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DE GASTO GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 239 191,00 2.3. Bienes y Servicios 9 971 039,00 ____________ SUBTOTAL 10 210 230,00 ____________ GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 54 029,00 ____________ SUBTOTAL 54 029,00 ____________ TOTAL 10 264 259,00 ============ El detalle de los recursos asociados a la transferencia del Ministerio de Salud a los Pliegos de los Gobiernos Regionales está especifi cado en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO TRANSFERENCIA DE RECURSOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES (En Nuevos Soles) DE LA : 001 ADMINISTRACIÓN CENTRAL MINSA SECTOR : 11 SALUD PLIEGO : 011 MINISTERIO DE SALUD UNIDAD EJECUTORA : 001 ADMINISTRACIÓN CENTRAL MINSA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS FUNC. PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD / PROYECTO GENÉRICA DE GASTO TOTAL 1 - PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 3 - BIENES Y SERVICIOS 6 - ADQ. DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 20 SALUD 006 GESTION 0007 DIRECCION Y SUPERVISION SUPERIOR 1 029237 GESTION ESTRATEGICA DE RECURSOS HUMANOS 239,191 1,308 - 240,499 Total 0007 DIRECCION Y SUPERVISION SUPERIOR 239,191 1,308 - 240,499 Total 006 GESTION 239,191 1,308 - 240,499 043 SALUD COLECTIVA 0093 REGULACION Y CONTROL SANITARIO 1 000259 FORMULACION DE NORMAS Y REGULACION SANITARIA - 618,584 - 618,584 Total 0093 REGULACION Y CONTROL SANITARIO - 618,584 - 618,584 0094 CONTROL EPIDEMIOLOGICO 1 000625 VIGILANCIA DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD - 1,922,266 54,029 1,976,295 Total 0094 CONTROL EPIDEMIOLOGICO - 1,922,266 54,029 1,976,295 0095 CONTROL DE RIESGOS Y DAÑOS PARA LA SALUD 1 000613 PREVENCION DE RIESGOS Y DAÑOS PARA LA SALUD - 2,097,050 - 2,097,050 1 002469 PROMOCION DE LA SALUD - 2,001,500 - 2,001,500 Total 0095 CONTROL DE RIESGOS Y DAÑOS PARA LA SALUD - 4,098,550 - 4,098,550 Total 043 SALUD COLECTIVA - 6,639,400 54,029 6,693,429 044 SALUD INDIVIDUAL 0095 CONTROL DE RIESGOS Y DAÑOS PARA LA SALUD 1 043487 POBLACION CON CONOCIMIENTOS EN SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Y QUE ACCEDE A METODOS DE PLANIFICACION FAMILIAR - 687,638 - 687,638 Total 0095 CONTROL DE RIESGOS Y DAÑOS PARA LA SALUD - 687,638 - 687,638 0096 ATENCION MEDICA BASICA 1 000538 ATENCION BASICA DE SALUD - 2,063,893 - 2,063,893 1 043783 REDUCCION DE LA MORBILIDAD EN IRA, EDA Y OTRAS ENFERMEDADES PREVALENTES - 578,800 - 578,800 Total 0096 ATENCION MEDICA BASICA - 2,642,693 - 2,642,693 Total 044 SALUD INDIVIDUAL - 3,330,331 - 3,330,331 Total 20 SALUD 239,191 9,971,039 54,029 10,264,259 Total general 239,191 9,971,039 54,029 10,264,259