Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2009 (20/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394661

Que, el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184­2008-EF, dispone el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados; Que, en el articulo 135º de la normal legal acotada, se encuentra senalado el procedimiento para las contrataciones exoneradas, debiendo la Oficina Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional MORDAZA y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, contando con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo Nº 0092007-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del INPE y Resolucion Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Ancon, a partir del 15 de MORDAZA de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional MORDAZA del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la adquisicion de raciones de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional MORDAZA del INPE para que a traves de la Dependencia de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdiccion realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Ancon de acuerdo al siguiente detalle:
Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO 1 ANCON TOTAL DIAS 57 TOTAL S/. 138 937,50 138 937,50

Cierran temporalmente el Establecimiento Penitenciario de Macusani de la Oficina Regional Altiplano MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 250-2009-INPE/P MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2009 VISTO, el Acta del Consejo Nacional Penitenciario de fecha 02 de MORDAZA de 2009, Informe Nº 006-2009INPE/24.07 de fecha 13 de marzo de 2009 del Subdirector de la Oficina de Seguridad Penitenciaria de la Oficina Regional Altiplano MORDAZA, por el cual propone el cierre temporal del Establecimiento Penitenciario de Macusani, e informe Nº 081-2009-INPE/08-CVP de fecha 03 de MORDAZA de 2009 de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario, y; CONSIDERANDO: Que, la construccion del Establecimiento Penitenciario de Macusani es de adobe y tiene una antiguedad de cuarenta y cinco (45) anos, y que por la inclemencia del tiempo sus muros se encuentran deteriorados y desgastados, generando inseguridad al interior y exterior del referido penal; Que, la situacion descrita ha permitido que internos quebranten la seguridad y se fuguen de sus instalaciones, conforme se colige del Oficio Nº 251-2008-INPE/24-07 de fecha 07 de MORDAZA de 2008, Informe Nº 023-2008-INPE/2407 de fecha 10 de setiembre de 2008 e Informe Nº 0032009-INPE/24-07 de fecha 02 de enero de 2009; Que, mediante Informe Nº 006-2009-INPE/24.07 de fecha 13 de marzo de 2009, el Subdirector de la Oficina de Seguridad Penitenciaria de la Oficina Regional Altiplano MORDAZA senala que debido a los antecedentes de fuga y la deficiente infraestructura del penal resulta conveniente el cierre temporal del Establecimiento Penitenciario de Macusani, para lo cual recomienda que los internos MORDAZA trasladados al Establecimiento Penitenciario de Juliaca; Que, mediante Oficio Nº 339-2009-INPE/14 de fecha 26 de marzo de 2009, el Director de la Direccion de Seguridad Penitenciaria del INPE, opina favorablemente por el cierre temporal del Establecimiento Penitenciario de Macusani, por albergar escasa poblacion penal y deficiente infraestructura, la cual no garantiza la seguridad integral de las personas e instalaciones; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, establece que la apertura, clausura, cierre temporal y cambio de denominacion de los establecimientos penitenciarios se efectua mediante Resolucion del Titular del Pliego, por acuerdo del Consejo Nacional Penitenciario; Que, es obligacion del Instituto Nacional Penitenciario asegurar una adecuada politica penitenciaria, por lo que, mediante Acta del Consejo Nacional Penitenciario de fecha 02 de MORDAZA de 2009, se aprueba la necesidad de cerrar temporalmente el Establecimiento Penitenciario de Macusani de la Oficina Regional Altiplano Puno; Contando con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cerrar temporalmente el Establecimiento Penitenciario de Macusani de la Oficina Regional Altiplano Puno. Articulo 2º.- Encargar al Director de la Oficina Regional Altiplano MORDAZA dar cuenta a las autoridades de la Corte Superior de la jurisdiccion competente el cierre temporal del Establecimiento Penitenciario de Macusani. Asimismo se debera encargar del traslado de los internos para su reubicacion en el Establecimiento Penitenciario de Juliaca, debiendo adoptar los mecanismos administrativos, legales y de seguridad pertinentes.

Dicha autorizacion es por el periodo de cincuenta y siete (57) dias calendario, de acuerdo al cuadro de raciones que se encuentra indicado en el Informe Tecnico Nº 0122009-INPE/18.04.EL de fecha 6 de MORDAZA de 2009, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, MORDAZA al Organo de Control Institucional para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados. Articulo 6º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional MORDAZA e instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLEN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 337488-1

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