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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400306 Autorizan al Viceministro de Transportes suscribir Contrato de Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo - Sullana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 542-2009-MTC/01 Lima, 30 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo No. 059-96- PCM, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es el organismo encargado de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, en aplicación de la citada norma, PROINVERSIÓN, mediante Acuerdo de su Consejo Directivo de fecha 25 de marzo de 2008, ratifi cado con Resolución Suprema No. 050-2008-EF del 3 de mayo de 2008, aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la Concesión de la Autopista del Sol; Que, asimismo, PROINVERSIÓN, mediante Acuerdo de su Consejo Directivo de fecha 29 de abril de 2008, aprobó las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo – Sullana; Que, PROINVERSIÓN, mediante Acuerdo de su Consejo Directivo de fecha 27 de Mayo de 2009 aprobó la Versión Final del Contrato de Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo - Sullana, a ser suscrito entre la República del Perú, representada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Concesionario; Que, con fecha 19 de Junio de 2009, en acto público, PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo - Sullana, a favor del consorcio Vías del Sol, conformado por las empresas: Hidalgo e Hidalgo S.A. y Construcción y Administración S.A., de acuerdo a lo previsto en las bases del concurso antes mencionado; Que, en virtud de lo previsto en el Contrato de Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo-Sullana, el consorcio Vías del Sol ha constituido una sociedad con capacidad de asumir las obligaciones que le corresponden como consecuencia de la celebración del Contrato de Concesión, la misma que se ha denominado Concesionaria Vial del Sol S.A. Que, el artículo 30 del Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo No. 060-96- PCM, establece que son atribuciones de los sectores y/u organismos del Estado suscribir el Contrato de Concesión; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, establece en los artículos 6 y 7 literal k) que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la más alta autoridad política del Sector, quien a su vez se encuentra facultado a delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo; Que, considerando que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervendrá en calidad de Concedente en el Contrato de Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo - Sullana, en representación del Estado de la República del Perú, resulta necesario autorizar al funcionario que suscribirá el referido Contrato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29370 y en los Decretos Supremos No. 059-96-PCM, No. 060- 96-PCM y No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Viceministro de Transportes para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que actuará en calidad de Concedente, suscriba el Contrato de Concesión de la Autopista del Sol, tramo Trujillo-Sullana, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 378543-1 RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 12 AL 17 DE AGOSTO DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 284-2009-MTC/12.04 Y Nº 483-2009-MTC/12 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 1581-2009-MTC/12.04 12-Ago 17-Ago US$ 1,200.00 US$ 31.00 LAN PERU S.A. Samolski Edery, Simón Santiago Chile chequeo en línea y chequeos técnicos de habilitación Cat.II/ III y profi ciencia en simulador de vuelo del equipo Boeing 767 a tripulantes técnicos 11276-11278 378540-1 Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones