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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400315 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Renuevan la vigencia de la tarifa máxima aplicable al servicio de embarque de pasajeros que brinda el Terminal Portuario de Matarani PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 027-2009-CD-OSITRAN Lima, 22 de julio de 2009 VISTOS: El Informe Nº 025-09-GRE-OSITRAN, de la Gerencia de Regulación, mediante el cual se sustenta y propone la extensión de la vigencia de la tarifa máxima aplicable al servicio de embarque de pasajeros del Terminal Portuario de Matarani, presentado por la Gerencia General en la sesión de Consejo Directivo de fecha 15 de julio del año en curso; CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES (HECHOS) El 17 de agosto de 1999 se suscribió el Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Terminal Portuario de Matarani, cuyo Numeral 6.1, establece que el concesionario determinará las tarifas a ser cobradas siempre que no excedan de las establecidas por OSITRAN. Asimismo, el Anexo 6.1 establece que el concesionario podrá solicitar ajustes en las Tarifas Máximas a OSITRAN, que podrá modifi carlas de conformidad con las normas que rigen su funcionamiento; Con fecha 27 de setiembre de 2004, se publicó el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN (RETA), aprobado por Resolución Nº 043-2004-CD-OSITRAN; El 30 de setiembre de 2005, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 063-2005-CD-OSITRAN se aprobó la tarifa máxima de US$ 6.00, aplicable a los pasajeros que embarcan en el Terminal Portuario de Matarani; asimismo, la vigencia de la tarifa para dicho servicio se estableció hasta el 16 de agosto de 2009; Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 062- 2008-CD-OSITRAN de fecha 18 de diciembre de 2008 se aprobó el inicio de procedimiento de ofi cio de la revisión tarifaria de los servicios regulados del Terminal Portuario de Matarani, mediante el mecanismo de precios tope, para el período comprendido entre el 17 de agosto de 2009 al 16 de agosto de 2014. Dicho procedimiento de revisión tarifaria comprende servicios distintos al embarque de pasajeros; Mediante Carta Nº 086-2009-TISUR/GG, de fecha 13 de julio de 2009, la empresa concesionaria comunica que dada la baja demanda y regularidad del tráfi co solicita a OSITRAN la extensión de la vigencia de la tarifa máxima de pasajeros por cinco años adicionales, manteniendo el nivel tarifario de US$ 6,00 por pasajero. II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN Emitir un pronunciamiento con relación a la renovación de la vigencia de la tarifa máxima del servicio de embarque de pasajeros en el Terminal Portuario de Matarani (TPM); III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN Transcurridos casi cinco años desde la aprobación de la tarifa máxima del servicio de embarque de pasajeros corresponde evaluar la evolución del servicio y emitir un pronunciamiento con relación a la vigencia de la tarifa; 3.1 Comportamiento de la Demanda Es necesario precisar que la demanda por el servicio de embarque de pasajeros no se encuentra determinada per se. Por el contrario, se trata de una demanda derivada, como resultado de los servicios turísticos brindados por un crucero1; Gráfi co Nº 1: Evolución del número de pasajeros embarcado por el TPM y del número de naves recaladas durante el período 2004-2008 0 0.5 1 1.5 2 2.5 3 3.5 0 100 200 300 400 500 600 700 800 900 1000 2004 2005 2006 2007 2008 Número de pasajeros embarcados Número de naves Fuente: TISUR. Elaboración: Gerencia de Regulación. Como se observa en el Gráfi co Nº 1, la demanda por el servicio de pasajeros ha mostrado un comportamiento incipiente e inestable durante el período 2004-2008. Es así que durante en el 2006 no se registró crucero alguno, mientras que en los años 2005, 2007 y 2008 se registraron dos (02), tres (03) y tres (03) naves de cruceros atendidas; Asimismo, se observa que el número de pasajeros embarcados ha mantenido un promedio anual de 200 pasajeros por crucero; Estos resultados muestran que la demanda por el servicio de embarque de pasajeros en el TPM no se ha desarrollo conforme a lo esperado inicialmente, por tanto todavía existe incertidumbre respecto el comportamiento de este servicio; En ese contexto, la demanda del servicio de embarque de pasajeros en el TPM, no ha mostrando tendencia o crecimiento; por el contrario todavía presenta características de un mercado incipiente cuyo comportamiento continúa siendo incierto; 3.2 Comportamiento de la Oferta La oferta del servicio de embarque de pasajeros se encuentra comprendida por un conjunto actividades portuarias2 asociados al embarque y/o desembarque de pasajeros. La provisión de este conjunto de actividades necesariamente requiere el uso de recursos3 que son compartidos en la provisión de otros servicios portuarios; Estos recursos en infraestructura presentan características, que configuran la organización de las actividades del puerto, como los elevados costos fijos y la indivisibilidad de la inversión4. Dichas 1 Ver “Estudio sobre la Condiciones de Competencia en el Servicio de embarque de pasajeros en el TPM”. INDECOPI. 2 Tránsito de pasajeros por las instalaciones del TPM, seguridad adicional, acordamiento de zona de tránsito, habilitación de servicios higiénicos, recepción y traslado de equipaje, habilitación de zona de parqueo, acceso de buses para pasajeros, primeros auxilios, acceso a servicios de comunicaciones. 3 Como el muelle marginal, patios, accesos, personal de seguridad, acondicionamiento de servicios, facilidades para la movilización de equipaje, patio de maniobras, puertas y áreas de tránsito, servicio de ambulancia y facilidades para la instalación de telefonía pública, móvil e internet. 4 Privatización y regulación de infraestructura de transporte. Una Guía para Reguladores.