Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2009 (25/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de agosto de 2009

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modifican R.S. Nº 117-2009-PCM mediante la cual se constituyo el Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2009-PCM MORDAZA, 24 de agosto de 2009 VISTO: El Acta de Acuerdo del Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos de fecha 22 de junio de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 117-2009PCM, se constituyo el Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos a cargo de la formulacion de un Plan integral de desarrollo sostenible para dichos pueblos, en los ambitos de educacion, salud, titulacion, formalizacion de tierras y demas medidas necesarias; Que, conforme a lo tratado en el Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos, resulta necesario definir la presidencia del Grupo; asi como incluir a otros sectores del Poder Ejecutivo en la conformacion del mismo; Que, asimismo, es conveniente incluir a los representantes de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Cuzco, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, en tanto estos cuentan con zonas amazonicas, con presencia de comunidades nativas; asi como incluir a los representantes de las organizaciones indigenas amazonicas de dichas zonas y ampliar su participacion, los que deberan ser elegidos por las propias comunidades a traves de procesos facilitados por cada Gobierno Regional; Que, a fin de apoyar el trabajo que debe realizar el Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos, se requiere que este cuente con una Secretaria Tecnica responsable de facilitar y coordinar el funcionamiento de los procesos de trabajo al interior del referido Grupo Nacional, la que estara a cargo del Ministerio de Agricultura en coordinacion con la Secretaria de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, segun el documento del visto, los participantes de la reunion sostenida el dia 22 de junio del 2009, a fin de cumplir cabalmente sus objetivos, han propuesto que el plazo de trabajo debe extenderse a ciento veinte (120) dias calendario; Que, asimismo, el desarrollo de las actividades del Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos, importan gastos, los que en forma pertinente deben ser cubiertos por el Estado; Que, por las consideraciones expuestas, se ha visto por conveniente modificar los articulos 2° y 5° de la Resolucion Suprema N° 117-2009-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 28495, Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 2º y 5° de la Resolucion Suprema N° 117-2009-PCM, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 2º.- CONFORMACION El Grupo Nacional estara conformado por los siguientes miembros:

- El Ministro de Agricultura o su representante, quien lo presidira; - Los titulares o representantes de los siguientes sectores: Ambiente; Energia y Minas; de la Mujer y Desarrollo Social; Salud; Educacion; Transportes y Comunicaciones y Vivienda, Construccion y Saneamiento; - Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, Ucayali, Amazonas, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Cuzco, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y Cajamarca; y, - Los representantes de las organizaciones indigenas amazonicas acreditados en la reunion del 22 de junio del presente ano. El Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos a cargo de la formulacion de un Plan Integral de desarrollo sostenible para dichos pueblos contara con una Secretaria Tecnica, responsable de facilitar y coordinar el funcionamiento de los procesos de trabajo que el Grupo Nacional acuerde, la cual estara a cargo del Ministerio de Agricultura, en coordinacion con la Secretaria de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros. El Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, prestara el apoyo tecnico necesario al Grupo Nacional. Articulo 5°.- PLAZO El Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos a cargo de la formulacion de un Plan Integral de desarrollo sostenible para dichos pueblos, debera elevar al Presidente del Consejo de Ministros, el Plan Integral de desarrollo sostenible de los pueblos amazonicos en un plazo no mayor de ciento veinte (120) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion." Articulo 2°.- GASTOS Precisese que los gastos que irrogue el desarrollo de las actividades del Grupo Nacional de Coordinacion para el Desarrollo de los Pueblos Amazonicos a cargo de la formulacion de un Plan Integral de desarrollo sostenible para dichos pueblos, estaran a cargo del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- REFRENDO La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, Ambiente, Energia y Minas, de la Mujer y Desarrollo Social, Salud, Educacion, Transportes y Comunicaciones, y Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA YUCRA. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 388306-2

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