Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2009 (25/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 25 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401477

DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de la Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 29337 - Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, que consta de cuatro (4) capitulos, diecisiete (17) articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, el cual forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29337, LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA APOYAR LA COMPETITIVIDAD PRODUCTIVA Capitulo I Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos y la metodologia para la implementacion, ejecucion y evaluacion de las Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva a que se refiere la Ley Nº 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva. Articulo 2º.- Ambito de Aplicacion La Ley y el presente Reglamento son de aplicacion a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que actuaran a traves de sus Oficinas de Programacion e Inversiones, o las MORDAZA sus veces. Articulo 3º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion de la Ley y el presente Reglamento, se entiende como: a) Ley: Ley Nº 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva. b) Reglamento: Al Reglamento de la Ley Nº 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva. c) Oficina de Programacion e Inversiones (OPI): Organo de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, o las que MORDAZA sus veces, designados como tales para fines del Sistema Nacional de Inversion Publica. d) Agentes Economicos Organizados (AEO): Las personas naturales organizadas y las personas juridicas conformadas bajo cualquier modalidad permitida por el ordenamiento legal. e) Hogar: Conjunto de personas, MORDAZA parientes o no, que ocupan en su totalidad o en parte una vivienda; comparten al menos las comidas principales y atienden en comun otras necesidades basicas, con cargo a un presupuesto comun. Se considera miembro del hogar solo a los residentes habituales. f) Cadena Productiva: Sistema que agrupa a los actores economicos interrelacionados por el MORDAZA y que participan articuladamente en actividades que generan valor, alrededor de un bien o servicio, en las fases de provision de insumos, produccion, conservacion, transformacion, industrializacion, comercializacion y el consumo final en los mercados internos y externos.

g) Iniciativa de Apoyo a la Competitividad Productiva (PROCOMPITE): Es una iniciativa de los Gobiernos Regionales o de los Gobiernos Locales que tiene por finalidad mejorar la competitividad de las MORDAZA productivas que se identifiquen en el sector o subsectores que prioricen, de acuerdo a sus Planes de Desarrollo Concertado, mediante el cofinanciamiento no reembolsable de las Propuestas Productivas de los beneficiarios. No puede considerar la entrega directa de dinero ni gastos de operacion y mantenimiento de ninguna clase. h) Propuesta Productiva: El documento que presentan los AEO para solicitar el cofinanciamiento de una PROCOMPITE, mediante el cual se identifican los bienes o servicios del negocio, la tecnologia a utilizar, las actividades a realizar, el presupuesto de inversion y operacion y se sustenta la rentabilidad financiera y la sostenibilidad del negocio, segun el formato correspondiente a la categoria de inversion requerida (Categorias A o B). i) Comite Evaluador: Instancia del MORDAZA de concurso de una PROCOMPITE que se encarga de revisar y evaluar por categorias, las Propuestas Productivas presentadas por los AEO. j) Aportes de los beneficiarios: Los recursos financieros y no financieros que dentro de los costos de inversion total de la Propuesta Productiva, seran aportados por los beneficiarios y podran ser en efectivo o valorizaciones de mano de obra, infraestructura, equipos y bienes y servicios. k) Analisis Costo Beneficio: Es una evaluacion que se realiza para identificar, cuantificar y valorar tanto los costos como los beneficios pertinentes generados por la implementacion de una Iniciativa de Apoyo a la Competitividad Productiva. Articulo 4º.- Representacion de las personas naturales organizadas Para efectos de lo establecido en la Ley y en el presente reglamento, las personas naturales organizadas deberan ser representados por una Junta Directiva integrada como minimo por un presidente, un secretario y un tesorero, los cuales seran acreditados mediante el acta de la asamblea general de constitucion, certificada por un notario o en su defecto por el Juez de Paz de la jurisdiccion correspondiente. Capitulo II Identificacion, priorizacion, determinacion y autorizacion de la PROCOMPITE Articulo 5º.- Identificacion y priorizacion de MORDAZA productivas, sectores y/o zonas susceptibles de ser apoyados. 5.1. Para la autorizacion de una PROCOMPITE, el Gobierno Regional o Local, a traves de sus organos de linea, especialmente el de Desarrollo Economico o el que haga sus veces, identifica y prioriza el sector o los subsectores y las correspondientes MORDAZA productivas en las que existan restricciones o "cuellos de botella" que obstaculicen su desarrollo competitivo y sostenible, debido a la insuficiencia de inversion privada. 5.2. La informacion senalada en el numeral precedente debera servir para que la OPI, o el area que haga sus veces, elabore un informe tecnico sustentatorio, segun el Formato 1, que permita determinar el requerimiento de recursos a destinar a la PROCOMPITE. Este informe sera elevado al Consejo Regional o Municipal, segun sea el caso, solicitando aprobacion del monto estimado. Articulo 6º.- Determinacion del importe a ser destinado a la PROCOMPITE. El Gobierno Regional o Local, mediante Acuerdo de su Consejo Regional o Consejo Municipal, segun sea el caso, determina el importe que sera destinado al cofinanciamiento de las Propuestas Productivas que se presenten en el MORDAZA de la PROCOMPITE. Dicho importe no podra exceder en total del 10% de los

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