Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2009 (02/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407137

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 42º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico y el articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR el MORDAZA parrafo de Factores concurrentes, Determinacion del Castigo Directo, del numeral 5.2 Determinacion del Castigo de las cuentas incobrables, del Instructivo Nº 3 ­ Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables aprobados por la Resolucion de Contaduria Nº 067-97-EF/93.01; por el texto siguiente: "Que el monto de la cobranza dudosa, por cada deuda, no supere una (1) Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de determinarse el castigo". Articulo 2º.- MODIFICAR el MORDAZA parrafo de Factores concurrentes, Determinacion del Castigo Indirecto, del numeral 5.2 Determinacion del Castigo de las cuentas incobrables, del Instructivo Nº 3 ­ Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables aprobados por la Resolucion de Contaduria Nº 067-97-EF/93.01; por el texto siguiente: "Que el monto de la cobranza dudosa, por cada deuda, supere una (1) Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de determinarse el castigo". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion

esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestacion; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 308-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de generacion de la que es titular Electricidad del Peru S.A., las servidumbres de acueductos y obras hidroelectricas para el Tunel de Aduccion de la CH MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ubicada entre la Toma de Agua del rio Mantaro y el Tunel de Distribucion desde el cual se inicia el Tunel de Fuerza hasta la MORDAZA de Maquinas, en el distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro:
Expediente 11209709 Area de Servidumbre Tunel de Aduccion de la CH MORDAZA Suelo: 101 326,80 m² MORDAZA de MORDAZA Ubicacion: distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica Coordenadas UTM (PSAD 56): Descripcion de la servidumbre Propietario Estado MORDAZA de terreno Subterraneo

429947-1

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de acueducto y obras hidroelectricas a favor de concesiones definitivas de generacion de la que es titular Electricidad del Peru S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 502-2009-MEM/DM
MORDAZA, 26 de noviembre 2009 VISTO: El Expediente Nº 11209709, organizado por Electricidad del Peru S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11009718 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de imposicion de las servidumbres de acueductos y de obras hidroelectricas para el Tunel de Aduccion de la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA de Mayolo; CONSIDERANDO: Que, Electricidad del Peru S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 058-94-EM, publicada el 04 de octubre de 1994, solicito la imposicion de las servidumbres de acueductos y de obras hidroelectricas sobre bienes publicos para el Tunel de Aduccion de la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, cuyo recorrido es subterraneo y esta ubicada entre la Toma de Agua del rio Mantaro y el Tunel de Distribucion desde el cual se inicia el Tunel de Fuerza hasta la MORDAZA de Maquinas, en el distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion

Vertice 1 2 3 4 5 6 7 8 4* 5* 6* 7* 8* 9* 10* 11* 12* 13* 9 17* 18* 17** 18 19 20 21 22 23 24

Norte 8 622 345 8 622 650 8 623 050 8 633 145 8 623 620 8 633 728 8 633 305 8 633 110 8 633 215 8 633 350 8 633 425 8 633 495 8 633 612 8 633 692 8 633 570 8 633 515 8 633 435 8 633 292 8 633 165 8 633 706 8 633 795 8 633 390 8 632 870 8 633 098 8 622 430 8 622 542 8 622 855 8 622 530 8 622 415

Este 523 095 523 042 524 362 530 628 530 230 530 415 530 790 535 625 535 612 535 490 535 612 535 212 535 105 535 112 535 270 535 368 535 550 535 728 535 818 536 000 536 746 536 850 536 425 530 870 524 193 524 008 524 205 523 320 523 295

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Electricidad del Peru S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Electricidad del Peru S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.