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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de enero de 2009 387680 Que, mediante Certifi cado Catastral de fecha 01 de octubre de 2008 sobre la base del Informe Técnico Nº 7424-2008-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 11 de setiembre de 2008, la Ofi cina Callao de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima, informa que el terreno en consulta se halla gráfi camente comprendido en zona donde no se observa inscripción registral; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 881,22 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0476-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 01 de diciembre de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 881,22 m², ubicado frente a la avenida Néstor Gambeta y la avenida Bierzo, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 296351-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 364-2008-INEI Lima, 30 de diciembre de 2008 Vistos, el Ofi cio Nº 334-2008-INEI/OTA de la Ofi cina Técnica de Administración; el Informe Nº 2739-2008- INEI/OTA-OEAS emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios y el Informe Nº 057-2008-INEI/ OTAJ de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, sobre exoneración del proceso de selección para la adquisición de dos UPS de 60 KVA cada uno, dos Bancos de Batería y su Tablero Autosoportado y ocho tableros de Distribución Eléctrica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los Arts. 26° y 27° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004- PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modifi cado cuando se tenga que excluir o incluir procesos de selección o se modifi que la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más del 25% del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. Su difusión se realizará mediante publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado –SEACE, en un plazo no mayor de cinco días hábiles de aprobado; Que, el Art. 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del proceso de selección que correspondería a la adquisición en una situación regular. Conforme al literal c) están exoneradas del proceso de selección correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión; Que, la defi nición de situación de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el Art. 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Art. 141º del precitado Reglamento, donde se considera a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a sus cargo de manera esencial, lo que faculta la adquisición de los bienes en la cantidad necesaria para resolver la situación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 015-2008-INEI se aprobó el “Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática para el Ejercicio Fiscal 2008”, el cual es necesario modifi car a fi n de incluir el Proceso de Selección para la Adquisición de dos UPS de 60 KVA cada uno, dos Bancos de Batería y su Tablero Autosoportado, ocho tableros de Distribución Eléctrica, bajo la modalidad de Adjudicación Directa Pública; Que, con Ofi cio No.1560-2008 INEI/OEPRE la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, otorga disponibilidad presupuestal por S/. 452,827.30 nuevos soles, Meta 0045 Censo Económico- Infraestructura Estadística Económica- Sub Componente1.1 Censo Nacional Económico IV CENEC - Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específi ca de Gasto 6.5.11.51; Que, mediante Informe Nº 2739-2008-INEI/OTA-OEAS, la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, solicita la inclusión en el PAAC 2008, el proceso de selección de Adjudicación Directa Pública y la exoneración de dicho proceso de selección para la adquisición de dos UPS de 60 KVA c/u, dos Transformadores de Aislamiento de 75 ó 80 KVA, dos Bancos de Batería y su Tablero Autosoportado; así como de ocho (08) Tableros de Distribución Eléctrica, incluida la instalación de estos equipos, por un monto de S/.452,827.30 nuevos soles; además precisa que el equipo UPS con el que cuenta la Institución, actualmente se encuentra inoperativo, por lo que los equipos informáticos del INEI, se encuentran desprotegidos ante cualquier suceso de caída de tensión o falta de fl uido eléctrico, en