Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2009 (04/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2009

debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion Nº 023-2008PRODUCE/DIGAAP de fecha 08 de setiembre del 2008. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 3º de la presente Resolucion, seran causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Incorporar en el Anexo I y II de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, las plantas de enlatado y congelado de la empresa SEAFROST S.A.C., conforme a la licencia otorgada por los articulos 1º y 2º de la presente resolucion. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

296488-6

Otorgan autorizacion a la empresa Alimentos Congelados S.A.C. para instalar establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 736-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA,19 de noviembre del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 00071684, del 29 de setiembre de 2008, presentado por la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 4 inciso b) del Articulo 43º, articulo 44º y articulo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el numeral 1 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (01) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que el numeral 2 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo citado en el considerando anterior, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el tramite para la obtencion de la autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero es independiente del otorgamiento de la licencia de operacion correspondiente. Sin embargo dicha licencia debe solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contado a partir de la fecha de vencimiento del plazo de autorizacion o de la fecha de vencimiento de su renovacion, en caso de haber solicitado la misma; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, regula los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; Que a traves del escrito del visto, la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. solicita se le otorgue autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A-5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con una capacidad proyectada de 45 t/dia.; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, expide el Certificado Ambiental Nº 041-

2008-PRODUCE/DIGAAP, mediante el cual califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en calidad de autoridad sanitaria del sector pesquero emite el Protocolo Tecnico para Autorizacion de Instalacion Nº PTI-01408-CG-SANIPES del 08 de setiembre de 2008, donde declara que los planos sanitarios y de distribucion presentados por ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. muestran conformidad con los requerimientos de diseno establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, actualizada por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE y modificada por Resolucion Ministerial Nº 280-2007-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 640-2008PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con los Articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los Articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A-5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : 45 t/dia Articulo 2º.- La empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C. debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun el Certificado Ambiental Nº 041-2008-PRODUCE / DIGAAP. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C.. el plazo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la instalacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion o ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4º.- Vencido el plazo de autorizacion o la renovacion de ser el caso, la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 1º de la presente resolucion, caducara de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total de la planta de congelado. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los Articulos 2º y 3º de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en

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