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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2009 (21/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de enero de 2009 388974 actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de la República Argentina, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 21 al 23 de enero de 2009, para coordinar detalles sobre el cronograma de la fuerza de paz combinada. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2009 DE/SG 20. ENE. 2009 a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de la República Argentina para coordinar detalles sobre el cronograma de la fuerza de paz combinada. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CORONEL MARCELO ALEJANDRO ROZAS GARAY 2. CORONEL EMILIO JORGE RODRIGUEZ 3. COMODORO JORGE ALBERTO VELAZCO 4. CAP CORBETA ALVARO RECABEITIA 5. TTE CORONEL FERNANDO ROLDAN OTERO c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 21 AL 23 DE ENERO DE 2009 303361-2 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica a favor de la Compañía Minera Miski Mayo S.A.C. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2009-EM Lima, 20 de enero de 2009 VISTO: El Expediente Nº 14161008, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Compañía Minera Miski Mayo S.A.C., inscrita en el Asiento A 00001 de la Partida Nº 11480289 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 138, 60, 22,9 kV S.E. Laguna La Niña (Derivación) - S.E. Bayóvar - S.E. Descarga - S.E. Puerto, ubicada en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 084-2008- MEM/AAM, de fecha 17 de abril 2008, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Fosfatos Bayóvar incluida la Línea de Transmisión de 138, 60, 22,9 kV S.E. Laguna La Niña (Derivación) - S.E. Bayóvar - S.E. Descarga - S.E. Puerto; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 249- 2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a favor de la Compañía Minera Miski Mayo S.A.C. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138, 60, 22,9 kV S.E. Laguna La Niña (Derivación) - S.E. Bayóvar - S.E. Descarga - S.E. Puerto, ubicada en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. Laguna La Niña (Derivación) - S.E. Bayóvar 138 01 41,04 20 S.E. Bayóvar - S.E. Descarga 60 01 35 16 S.E. Descarga - S.E. Secado - S.E. Puerto 29,2 01 6,4 11 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 321-2008 a suscribirse con Peruana de Energía S.A.A., el que consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 321-2008