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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389728 En las Adjudicaciones Directas mediarán no menos de diez (10) días hábiles entre la convocatoria y la presentación de propuestas y tres (3) días hábiles entre la integración de las bases y la presentación de las propuestas. En las Adjudicaciones de Menor Cuantía para bienes y servicios, desde la convocatoria hasta la fecha de presentación de las propuestas existirá un plazo no menor de dos (2) días hábiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas declaradas desiertas, el plazo será no menor de seis (6) días hábiles. En las Adjudicaciones de Menor Cuantía para la consultoría de obras o ejecución de obras, desde la convocatoria hasta la fecha de presentación de propuestas deberán mediar no menos de seis (6) días hábiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas declaradas desiertas, el plazo será no menor de ocho (8) días hábiles.” “Artículo 44°.- Factores de evaluación para la contratación de bienes 1. En caso de contratación de bienes podrán considerarse los siguientes factores de evaluación de la propuesta técnica, según corresponda al tipo del bien, su naturaleza, fi nalidad, funcionalidad y a la necesidad de la Entidad: a) El plazo de entrega. b) La garantía comercial del postor y/o del fabricante. c) La disponibilidad de servicios y repuestos. d) La capacitación del personal de la Entidad. e) Mejoras a las características técnicas de los bienes y a las condiciones previstas en las Bases, que no generen costo adicional para la Entidad. Las Bases deberán precisar aquellos aspectos que serán considerados como mejoras. f) La experiencia del postor, la cual se califi cará considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta ocho (8) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación o ítem materia de la convocatoria, sin que las Bases puedan establecer limitaciones referidas a la cantidad, monto o a la duración de cada contratación que se pretenda acreditar. La experiencia se acreditará con un máximo de veinte (20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten. Tal experiencia se acreditará mediante contratos y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. En el caso de suministro de bienes, sólo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago. En las Bases deberá señalarse los bienes, iguales y similares, cuya venta o suministro servirá para acreditar la experiencia del postor. g) Cumplimiento de la prestación, el cual se evaluará en función al número de certifi cados o constancias que acrediten que aquél se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de veinte (20) contrataciones. Tales certifi cados o constancias deben referirse a todos los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En el caso de suministro de bienes, se evaluarán los certifi cados o constancias emitidos respecto de la parte del contrato ejecutado. Asimismo, el Comité Especial podrá establecer otros factores de evaluación. 2. El único factor de evaluación de la propuesta económica será el monto total indicado en la misma y, en su caso, el monto total de cada ítem, paquete o lote.” “Artículo 45°.- Factores de evaluación para la contratación de servicios en general 1. En caso de contratación de servicios en general deberá considerarse como factor referido al postor la experiencia, en la que se califi cará la ejecución de servicios en la actividad y/o en la especialidad, considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta ocho (8) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación o ítem materia de la convocatoria. Se acreditará mediante contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con un máximo de diez (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago. En las Bases deberá señalarse los servicios, iguales y/o similares, cuya prestación servirá para acreditar la experiencia del postor. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad. 2. Adicionalmente, podrán considerarse los siguientes factores de evaluación de la propuesta técnica, según corresponda al tipo del servicio, su naturaleza, fi nalidad y a la necesidad de la Entidad: a) Cumplimiento del servicio, el cual se evaluará en función al número de certifi cados o constancias que acrediten que aquél se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de diez (10) servicios. Tales certifi cados o constancias deberán referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. b) Personal propuesto para la prestación del servicio, el cual se evaluará por el tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecución del servicio, que se acreditará con constancias o certifi cados. c) Mejoras a las condiciones previstas. Las Bases deberán precisar aquellos aspectos que serán considerados como mejoras. d) Otros factores referidos al objeto de la convocatoria tales como equipamiento, infraestructura, siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en el artículo 43°. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, podrá acreditarla también como personal propuesto para el servicio, si fuera el caso. 3. El único factor de evaluación de la propuesta económica será el monto total indicado en la misma y, en su caso, el monto total de cada ítem.” “Artículo 46°.- Factores de evaluación para la contratación de servicios de consultoría 1. En caso de contratación de servicios de consultoría deberán considerarse los siguientes factores de evaluación: a) Experiencia a.1) La experiencia en la actividad se califi cará considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta quince (15) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación o ítem materia de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con un máximo de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado. a.2) La experiencia en la especialidad se califi cará considerando el monto facturado acumulado por el postor