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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (14/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de febrero de 2009 390803 Nº 060-96-PCM; y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Declaraciones y seguridades Otórguese mediante contrato, la garantía del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial Nº 4, a celebrarse con Autopista del Norte S.A.C, sociedad constituida por OHL Concesiones, S.L., adjudicatario de la buena pro del Concurso de Proyectos Integrales indicado en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, conducido por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN. Artículo 2.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de la garantía a que se refi ere el artículo precedente, será la que determine el respectivo contrato, observándose lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885 y el Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial Nº 4. Esta garantía no constituye una garantía fi nanciera. Artículo 3.- Suscripción de documentos Autorícese al Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a suscribir, en representación del Estado, el contrato a que se refi ere el Artículo 1º del presente decreto supremo. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 313267-2 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSION a Canadá para participar en la conferencia International Convention, Trade Show & Investors Exchange RESOLUCIÓN SUPREMA N° 026-2009-EF Lima, 13 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio N° 068-2009-PROINVERSIÓN/DE, del Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, entre los días 1 y 4 de marzo de 2009, en la ciudad de Toronto, Canadá; se desarrollará la conferencia denominada International Convention, Trade Show & Investors Exchange, en la cual se tratarán temas relacionados con la explotación y el desarrollo de la industria minera; Que, es necesario y de interés nacional, que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, participe en la citada conferencia a través de un representante, a efectos de dar a conocer a potenciales inversionistas, los proyectos mineros en cartera de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, así como recoger experiencias que resulten valiosas para el proceso de impulso de la inversión privada en proyectos mineros a cargo de la referida entidad; Que, los gastos que irrogue el presente viaje por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge Merino Tafur, Jefe de Proyectos en Asuntos Mineros de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Toronto, Canadá del 27 de febrero al 4 de marzo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001, Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, del Pliego 055 Agencia de Promoción de Inversión Privada, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2255.53 Viáticos : US$ 1100.00 T.U.U.A : US$ 30.25 Artículo 3.- El funcionario antes mencionado, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un informe al Ministro de Economía y Finanzas, en el cual se describirá las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 313267-13 Autorizan viaje de funcionario de la SUNAT a Singapur para participar en la Primera Reunión del Sub-Comité de Procedimientos Aduaneros (SCCP) de APEC-2009 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2009-EF Lima, 13 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio N° 019-2009-SUNAT/1A0000, de la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 8 de enero de 2009, el Presidente del Sub-Comité de Procedimientos Aduaneros (SCCP) de APEC-2009, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, para que participe en la Primera Reunión del mencionado Sub-Comité, a llevarse a cabo en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 23 al 26 de febrero de 2009; Que, el SCCP es un Grupo de APEC que se reúne dos veces al año, con el objeto que las Aduanas de las