TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de febrero de 2009 391358 seamos comprendidos dentro programa de ejecuciones de la ampliación de la frontera eléctrica y además el llevar a cabo un proceso de selección implicaría la dilación del tiempo y estándose próximo al cierre de presentación de expedientes, se hace necesario declarar en Desabastecimiento inminente el servicio de elaboración de un estudio defi nitivo del proyecto “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno” ,obteniendo la oportunidad de fi nanciamiento requerido para el citado proyecto el cual benefi ciará el desarrollo de nuestros pueblos;. Que, en el mismo sentido, la Ofi cina de Desarrollo Físico, mediante el Informe Nº 013-2009-OF-MDC, da cuenta de los hechos antes señalados, informando que el Proceso de elaboración de un estudio defi nitivo del proyecto “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno” cuenta con un presupuesto de S/. 110 000.00 (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos soles S/. 110 000.00); Por lo que se encuentra debidamente fi nanciado, solicitando para el efecto la exoneración del Proceso de Selección, al tratarse de una obra de interés social como es obtener el fi nanciamiento de electrifi cación rural; Que los informes Legal y Técnica cuenta con la opinión favorable para la exoneración del proceso; Que, los hechos antes señalados confi guran una situación extraordinaria, que da lugar a que la Municipalidad Distrital de Cupi y LLalli, exonere del proceso para la elaboración de un estudio defi nitivo del proyecto “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno”; Que, por tanto habiéndose confi gurado el supuesto establecido en el Art. 22º del TUO de la Ley Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, corresponde declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de elaboración de un estudio defi nitivo del proyecto “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno” y consecuentemente la aprobación de la Exoneración de la contratación de dicho servicio, con arreglo al procedimiento establecido en el Art. 135º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Artículo 20º y los Artículos 21º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 10º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobó por Mayoría, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE EL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DEFINITIVO DEL PROYECTO “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno”. Artículo Segundo.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN A LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DEFINITIVO DEL PROYECTO “Construcción del Sistema Eléctrico Rural de las comunidades de Condromilla, Kelluma, Pacobamba, Atacalle, CCarañahui, Huaccrahuacho, Checaseca Alto de los distritos de Cupi y LLalli, provincia de Melgar - Región Puno”. Hasta por el valor referencial de S/. 110 000.00 Nuevos Soles (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a las fuentes de fi nanciamiento 02 Recursos Determinados. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Área de Abastecimiento, como dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad Distrital de Cupi, llevar a cabo la contratación materia de la presente exoneración, conforme al procedimiento establecido en el Art. 133º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Desarrollo Físico, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; sobre su función fi scalizadora de encontrar indicios de negligencia funcional, solicitarán al Órgano de Control Interno Municipalidad Provincial de Melgar, Región Puno respectivo examen. Artículo Sexto.- Encárguese a la Ofi cina de Desarrollo Físico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y publíquese. YUDEL RENÉ MAMANI CERVANTES Alcalde 315322-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL