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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de febrero de 2009 391351 Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV aprobadas por Resolución CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse en favor del deslistado de los valores correspondientes a la “Quinta Emisión del Segundo Programa de Certificados de Depósito Negociables de Financiera Cordillera S.A.” de Banco Ripley S.A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución al Banco Ripley S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores 314424-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Ica RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 021 -2009-INDECOPI/COD Lima, 19 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que la señora Mercedes García Belaúnde ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI en Ica; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institución; y De conformidad con el inciso f) del artículo 7 º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Mercedes García Belaúnde al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Ica, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 315616-1 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban Planes Anuales de Control 2009 de 106 Órganos de Control Institucional que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control RESOLUCIÓN DE VICECONTRALORA N° 043-2009-CG Lima, 20 de febrero de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 006-2009-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, que propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2009 de ciento seis (106) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 447- 2008-CG del 28 de octubre de 2008, se aprobaron los Lineamientos de Política para la Formulación de los planes de control de los órganos del Sistema Nacional de Control – año 2009 y la Directiva Nº 012-2008-CG/PL – “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2009”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la formulación y evaluación del Plan Anual de Control (PAC) de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC); Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 2.1 de su literal G. que las unidades orgánicas de línea evaluarán los proyectos de PAC en términos de su sujeción a los lineamientos de política aprobados y los criterios y procedimientos contenidos en dicha Directiva; como producto de cuya evaluación, emitirán su conformidad sobre el proyecto de PAC; Que, asimismo en el numeral 3. del literal G. señala que las unidades orgánicas de línea informarán a la Gerencia de Planeamiento y Control la relación de los proyectos de PAC que cuentan con su conformidad, y cuya información se encuentra debidamente registrada en el Sistema de Control Gubernamental de la CGR; la cual, como responsable del proceso de planeamiento, verifi cará selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental de la CGR, integrando los proyectos de PAC que cuentan con la respectiva conformidad y procederá a elaborar la propuesta para su aprobación correspondiente; Que, mediante las Resoluciones de Vicecontralora Nº 08, N° 015 y N° 028-2009-CG de 12.ENE, 21.ENE y 05.FEB.2009 se aprobaron los Planes Anuales de Control 2008 de quinientos setenta y cuatro (574) Órganos de Control Institucional que conforman el Sistema Nacional de Control; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control ha sido informada por las respectivas unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, respecto a los proyectos de PAC 2009 de ciento seis (106) Órganos de Control Institucional, los mismos que cuentan con su conformidad; procediendo la Gerencia de Planeamiento y Control a verifi car selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental, por tanto, dichos