Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2009 (22/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de febrero de 2009

compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diametros MORDAZA de 1 ½", finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f´c = 175 kg/cm² de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m., y el acabado sera con mezcla cementoarena fina, en proporcion 1:2 de un (01) centimetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas seran de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construiran sardineles de concreto de calidad f´c = 175 kg/cm², y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiran sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas en Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares senalados en el plano de Trazado y Lotizacion, se construiran rampas en las bermas, que conectaran los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE - U.190 "ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL; conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edificaciones, las cuales deberan ser debidamente supervisadas y recepcionadas MORDAZA del procedimiento administrativo de Recepcion de Obras, ante esta Corporacion. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria EDELNOR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y termino de las mismas; conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edificaciones, las cuales deberan ser debidamente supervisadas y recepcionadas MORDAZA del procedimiento administrativo de Recepcion de Obras, ante esta Corporacion. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, el interesado debera coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica del Peru S.A. dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales; conforme lo dispone la MORDAZA EC 040, del Reglamento Nacional de Edificaciones, las cuales deberan ser debidamente supervisadas y recepcionadas MORDAZA del procedimiento administrativo de Recepcion de Obras, ante esta Corporacion. Articulo 3º.- DISPONER, que la COMPANIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A., efectue la inscripcion del Aporte Reglamentario para Recreacion Publica de 2,556.18 m², ante Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 4º.- DISPONER, que el Lote 7, de la Mz. G, destinado al aporte para el Ministerio de Educacion de 643.50 m², sea inscrito a favor de dicho Ministerio.

Articulo 5º.- DISPONER, que para la etapa de Recepcion de Obras, se reubique la subestacion electrica Nº 219, que cuenta con una servidumbre de ocupacion a favor de EDELNOR, la misma que no podra ubicarse en el area destinada para los Aportes Reglamentarios. Articulo 6º.- CONSIDERAR la presente Habilitacion MORDAZA con Construccion Simultanea. Articulo 7º.- REMITIR los presentes actuados a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, de esta Corporacion Municipal, para la aprobacion de los proyectos de edificacion y otorgamiento de la Licencia de Obra correspondiente; asimismo, las edificaciones que en virtud de la referida autorizacion se construyan, no podran ser ocupadas sin contar con el Certificado de Finalizacion de Obra. Articulo 8º.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la COMPANIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A., para su conocimiento y fines. Articulo 9º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, Instituto Metropolitano de Planificacion, Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes, acorde a sus competencias. Articulo 10º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la propietaria del predio objeto de Habilitacion MORDAZA, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

315309-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban subdivision de lote cambio de uso de lote matriz
RESOLUCION DE GERENCIA N° 006-2009-GDU-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 11 de febrero de 2009 VISTO: Los Expedientes N° 45083 (16.09.2008) y Nº 3996 (26.01.09) seguido por don MORDAZA MORDAZA ROPSI y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, quienes solicitan la Subdivision Sin Cambio de Uso del Lote de terreno N° 13, Mz. C, ubicado en la Urb. Condevilla Senor y Valdivieso Etapa Primera, MORDAZA 0-5-6 del Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo II del Titulo Preliminar indica que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economia y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de acuerdo a la MORDAZA GH. 010, Capitulo II, Articulo 10 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece que las Subdivisiones constituyen las particiones de predios ya habilitados y se sujetan a las condiciones de los lotes normativos de cada zonificacion. Que, con Expediente Nº 45604 de fecha 19 de setiembre del 2008 el Servicio de Parques de MORDAZA

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