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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de julio de 2009 399089 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Declaran la vacancia del cargo de Congresista de la República y disponen oficiar al JNE para que emita la credencial al accesitario a fin de ser incorporado al Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 046-2008-2009-P/CR Lima, 6 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que el 19 de junio de 2009 falleció el señor Congresista de la República Alberto Manuel Andrade Carmona; Que de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento del Congreso de la República, corresponde declarar la vacancia respectiva; De conformidad con lo señalado en la citada norma reglamentaria; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en su sesión celebrada el 25 de junio de 2009; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Congresista de la República que ejercía el señor Alberto Manuel Andrade Carmona, fallecido el 19 de junio de 2009. Segundo.- Ofi ciar al Jurado Nacional de Elecciones para que, de conformidad con la norma reglamentaria citada en la parte considerativa de la presente resolución, emita la credencial correspondiente al accesitario expedito para ser incorporado al Congreso de la República. Tercero.- Dése cuenta de la presente resolución al Pleno del Congreso de la República. Publíquese, comuníquese y archívese. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 372504-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Designan Coordinador Ejecutivo del Proyecto para el Fortalecimiento de los Activos, los Mercados y las Políticas de Desarrollo Rural en la Sierra Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0529-2009-AG Lima, 10 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 152-2008-EF, de fecha 10 de diciembre del 2008, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre el Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Agricultura - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola destinado a fi nanciar el Convenio de Préstamo FIDA Nro. 744-PE, para la ejecución del “Proyecto para el Fortalecimiento de los Activos, los Mercados y las Políticas de Desarrollo Rural en la Sierra Norte”, el cual tiene como objetivo mejorar las capacidades de los productores rurales para valorar sus activos y aprovechar las oportunidades de generación de ingresos en la Sierra Norte del Perú, incrementando el valor de los activos humanos, sociales, naturales, físicos y fi nancieros de los pobres rurales, pequeños productores y microempresarios; Que, con fi n de fi nanciar la ejecución del Proyecto, la República del Perú ha puesto los recursos del préstamo a disposición del Ministerio de Agricultura - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, de conformidad con la sección 8.02 del Convenio; Que, atendiendo a su naturaleza y fi nes, se llevó a cabo el proceso de selección, a efectos de determinar al profesional que ocupará el cargo de Coordinador Ejecutivo del Proyecto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 03 de agosto del 2009, al Ing. Alejandro Vásquez Gardini, como Coordinador Ejecutivo del Proyecto para el Fortalecimiento de los Activos, los Mercados y las Políticas de Desarrollo Rural en la Sierra Norte, fi nanciado a través del Convenio de Préstamo FIDA Nro. 744-PE, celebrado entre el Gobierno del Perú, a través del Ministerio de Agricultura - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola – FIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 371911-1 DEFENSA Crean la Tercera Brigada de Comunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 018-2009-DE.EP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, resulta conveniente la Creación de la Tercera Brigada de Comunicaciones, a fi n de proporcionar apoyo de Comando, Control y de Combate de Guerra Electrónica, al componente terrestre de un Comando Operacional, para facilitar las acciones de Comando, Control, Comunicaciones, Computación e Inteligencia (C4l) de las Operaciones; Que, la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, establece en su Artículo 15º inciso a), que se encuentran exceptuados de su difusión por razones de seguridad nacional, la información clasifi cada en el ámbito militar, en concordancia con el Artículo 163º de la Carta Magna; Que, en aplicación de la Ley Nº 27658 “Ley de Modernización de la Gestión del Estado” del 30 de enero del 2002 y en cumplimiento a la directiva Nº 03-2001 de septiembre del 2001 “Lineamientos de Política para la reestructuración integral, racionalización y modernización de las FFAA”, resulta procedente la reestructuración de