Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2009 (15/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de julio de 2009 399104 1808-2009/DIGESA/SA, del 3 del abril de 2009, mediante la cual se otorgó conformidad técnica por el periodo de vigencia de la emergencia sanitaria al expediente de Infraestructura Temporal de Disposición Final de Residuos Sólidos en el sector de Cajas Chico; Que, de acuerdo a lo establecido en el Informe N° 0453-2009/DSB/DIGESA del 17 de marzo de 2009, que sustenta la conformidad técnica mediante Resolución Directoral N° 1808-2009/DIGESA/SA, la Municipalidad Provincial de Huancayo debe ejecutar el Plan de Cierre de la Infraestructura Temporal de Disposición Final de Residuos Sólidos, ubicado en el sector Cajas Chico utilizado desde el 12 de enero de 2009; Que, en aplicación del artículo 9° de la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, modifi cada por el Decreto Legislativo N° 1065, corresponde al Gobierno Regional asumir la prestación de los servicios de residuos sólidos en su Etapa de Disposición Final, con el fi n de complementar y/o suplir la acción de aquellas municipalidades provinciales y distritales que no puedan hacerse cargo de los mismos, en forma adecuada ó estén comprendidas en el ámbito de una Declaratoria de Emergencia Sanitaria, bajo los principios de prevención de riesgos potenciales a la Salud Pública y protección de los Recursos Naturales; Que, de acuerdo al artículo 5° de la Resolución Directoral N° 0032/2009/DIGESA/SA, la Municipalidad Provincial de Huancayo debe seleccionar el área para la ubicación del relleno sanitario para los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca, así como desarrollar los correspondientes expedientes técnicos para su aprobación, autorización y posterior implementación, a fi n de dar término a la problemática que sustenta la declaratoria de emergencia sanitaria; Con el visado del Asesor Legal de la Dirección de Saneamiento Básico, de la Directora Ejecutiva de la Dirección de Saneamiento Básico y del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005 SA, en la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos modifi cado por Decreto Legislativo N° 1065 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 057-2004 PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días calendario, contados a partir del 8 de julio de 2009, la Emergencia Sanitaria de los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución directoral. Artículo 2°.- Disponer que la Resolución Directoral N° 0032-2009/DIGESA/SA, del 8 de enero de 2009, queda subsistente en todos los demás términos que contiene, a excepción de la conformidad técnica de la infraestructura temporal a que hace referencia el artículo 4° de la mencionada resolución. Artículo 3°.- La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO deberá, dentro del plazo de vigencia de la presente resolución directoral, ejecutar el Plan de Cierre de la Infraestructura Temporal de Disposición Final de residuos sólidos del Sector Caja Chico, ubicado en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín. Artículo 4°.- La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO es responsable, en el marco de sus competencias, de disponer los residuos sólidos procedentes de los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en aquellos lugares que cumplan con los aspectos técnicos, sanitarios y legales para su ubicación y para su disposición fi nal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1065. Artículo 5°.- El GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN, en coordinación con la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO, dentro del plazo de vigencia de la presente resolución directoral, podrá intervenir de manera complementaria y/o supletoria en la prestación de los servicios de residuos sólidos en su etapa de disposición fi nal de acuerdo a lo mencionado en el Informe N° 965- 2009/DSB/DIGESA, intervención que deberá ser efectuada en zonas técnicamente adecuadas bajo los principios de prevención de riesgos potenciales a la Salud Pública y protección de los Recursos Naturales, armonizado con las políticas de ordenamiento territorial de su jurisdicción. Artículo 6°.- La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO, en un plazo de treinta (30) días calendario de entrada en vigencia la presente resolución directoral, deberá seleccionar el área para la ubicación del relleno sanitario para los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Artículo 7°.- La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO, dentro del plazo de vigencia de la presente resolución directoral, deberá presentar ante esta Dirección General el expediente técnico defi nitivo del proyecto (s) de relleno sanitario para los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, para su aprobación e implementación al término de la vigencia de la presente resolución. Artículo 8°.- La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO deberá cumplir con las medidas señaladas en el Informe N° 965-2009/DSB/DIGESA que forma parte integrante de la presente resolución directoral. Artículo 9°.- Notifi car la presente resolución a la solicitante, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER E. HERNÁNDEZ CAMPANELLA Director General Dirección General de Salud Ambiental “DIGESA” 372252-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 494-2009-MTC/01 Lima, 13 de julio de 2009 VISTO: El Informe Nº 409-2009-MTC/12 del 26 de junio de 2009 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 268-2009-MTC/12.04 del 25 de junio de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las