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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de junio de 2009 397017 PODER EJECUTIVO EDUCACION Aprueban “Lineamientos para el Desarrollo de las Acciones de Simplificación Administrativa en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada” y anexos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 020-2009-ED Lima, 3 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, el artículo 6 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que uno de los objetivos a nivel administrativo que cumplirá la descentralización del país, es la simplifi cación de trámites en las dependencias públicas nacionales, regionales y locales; Que, el literal 10.1 del artículo 2 del texto que “Defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento por entidades del Gobierno Nacional”, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, determina que además del cumplimiento de sus políticas y acciones sectoriales, constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, entre otros, en materia de simplifi cación administrativa, promover la permanente y adecuada simplifi cación de trámites, identifi cando los más frecuentes, a efecto de reducir sus componentes y el tiempo que demanda realizarlos, en las distintas entidades públicas; Que, el literal 11 del artículo 8 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece como principio rector que, las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales de Estado y el inciso b del artículo 87 dispone que el plan de capacitación en gestión pública a nivel regional incluirá fundamentalmente la actualización y simplifi cación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) a fi n de facilitar la participación ciudadana; Que, el inciso b del artículo 2 del Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, la gestión del sistema educativo se caracteriza por ser simplifi cada y fl exible, asimismo, el artículo 9 del citado Reglamento precisa que las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación desarrollan una gestión educativa transparente en concordancia con el Código de Ética de la Función Pública y teniendo en cuenta las medidas de simplifi cación de procedimientos y tiempo de duración de los mismos; Que, para el adecuado cumplimiento de las acciones de simplifi cación administrativa en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, es necesario aprobar los “Lineamientos para el Desarrollo de las Acciones de Simplifi cación Administrativa en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada”, a fi n de brindar un efi ciente y oportuno servicio a los usuarios del Sector; Que, estando a lo propuesto por la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación, mediante Informe Nº 004-2009-ME-VMGI/OAAE-UOM; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cada por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 27444; el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº 006- 2006-ED, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos para el Desarrollo de las Acciones de Simplifi cación Administrativa en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada” y los anexos : Anexo I: Contenido del Inventario de Procedimientos; Anexo II: Formato para la Propuesta de Mejora de Trámites; Anexo III: Contenido del Manual de Procedimientos Administrativos; los mismos que forman parte de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial, los “Lineamientos para el Desarrollo de las Acciones de Simplifi cación Administrativa en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada” y sus anexos, en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación adoptar las acciones necesarias para su debido cumplimiento por las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Viceministro de Gestión Institucional 356968-1 Aprueban Modificación de los Resultados de Selección de la Beca Haya de la Torre RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 571-2009-OBEC-VMGI-MED San Borja, 3 de junio de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2007-ED, publicado el 20 de Febrero de 2007 se crea la Beca Haya de la Torre, dirigida a jóvenes de escasos recursos económicos comprendidos entre los 21 y 29 años de edad y que cuenten con el grado académico de bachiller, destinada a fi nanciar estudios de maestría hasta por el plazo de 2 años, en universidades peruanas y en materias consideradas prioritarias para el desarrollo científi co y tecnológicos del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0372-2008- ED, publicado el 05 de Septiembre de 2008 se Aprueba las Normas Complementarias para la Implementación de la Beca Haya de la Torre, la misma que señala en su Art. 19 inciso b) que la etapa de selección estará a cargo de un Comité de Selección el cual será designado por el Ministerio de Educación, quien luego del proceso de evaluación de los candidatos precalifi cados determinará a los benefi ciarios de la Beca Haya de la Torre; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 438-2008- ED, publicado el 16 de Diciembre de 2008 se designa a los integrantes del Comité de Selección que se encargará de evaluar las solicitudes presentadas ante el Ministerio de Educación para acceder a la Beca Haya de la Torre, conformada por Elio Iván Rodríguez Chávez quien la preside, Luis Alvarado Contreras, Amadeo Prado Benítez, Ramón Pérez Prieto y Raúl Eduardo Bao García; Que, el artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 0372-2008-ED señala que el Comité de Selección de la Beca Haya de la Torre seleccionará a los benefi ciarios, conforme el orden de mérito obtenido por los postulantes, suscribiéndose, para tales efectos, el Acta de su propósito, la cual será remitida a la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo-OBEC, siendo el fallo del colegiado inapelable; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 5152-2008- OBEC-VMGI-MED de fecha 30 de diciembre 2008 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 06 de enero 2009, se aprobó los resultados de selección de la Beca Haya de la Torre emitido por el Comité de Selección; Que, mediante Acta del 04 de Febrero 2009 el Comité de Selección acuerda anular la descalifi cación de Víctor Fredy Aguilar Nina y seleccionarlo a la beca en la Maestría en Gestión Minera de la Universidad Nacional de Ingeniería, anular la descalifi cación de Julita Inca Chiroque y seleccionarla a la beca de la Maestría en Ciencias de la Computación de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú en reemplazo de Amelio Apaza Humerez, anular la descalifi cación de David Daniel Román Chipana y seleccionarlo a la beca en la Maestría de Ecología Aplicada de la Universidad Agraria La Molina en reemplazo de Jane Casandra Huayta Benites, anular la selección de Lenny Yris Foraquita Ramírez para la Maestría de Gestión Ambiental de la Universidad Federico Villarreal y seleccionar en su reemplazo a José Hugo Namuche Aquino, conforme a las consideraciones señaladas por el Comité en el Acta respectiva;