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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de junio de 2009 397031 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 338-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de junio del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 330-2009-P-CSJLI/ PJ, se designa al doctor Yohny Tobias Reyes Caballero, como Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, del 3 al 30 de junio del presente año. Que, mediante el ingreso Nº 39650-09, el doctor Yohny Reyes Caballero, solicita declinar al cargo conferido, por motivos estrictamente personales. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la DECLINACIÓN formulada por el doctor YOHNY TOBIAS REYES CABALLERO al cargo de Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ARNALDO SANCHEZ AYAUCÁN, como Juez Suplente del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del 5 al 30 de junio del presente año. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 356740-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan que la creación de la Maestría en Desarrollo Sostenible, con mención en Gestión de la Producción Orgánica y Agronegocios; y Maestría en Comunicación con mención en Comunicación Social, en la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Centro del Perú, cumple con lo previsto en la Ley Universitaria Nº 23733 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 642-2009-ANR Lima, 25 de mayo de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 238 y 239-2009-SG/UNCP, de la Universidad Nacional del Centro del Perú, Huancayo; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 718-91-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores autorizó el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Nacional del Centro del Perú, Huancayo, precisando que la creación de nuevos Programas de Maestría y Doctorado, requiere la coordinación previa e indispensable con los órganos técnicos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en mérito a lo previsto en el considerando anterior, la Universidad Nacional del Centro del Perú, mediante Oficios de Vistos, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de la Maestría en Desarrollo Sostenible, con mención en Gestión de la Producción Orgánica, y Agronegocios; y Maestría en Comunicación, con mención en Comunicación Social, ambas con sus respectivos currículos para su aprobación; Que, habiéndose examinado la documentación que contiene resoluciones de creación y organización de la Maestría en Desarrollo Sostenible, con mención en Gestión de la Producción Orgánica y Agronegocios; y Maestría en Comunicación con mención en Comunicación Social, con la descripción y proceso de implementación de la infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, Centro de Experimentación, en algunos casos Laboratorio, personal docente, así como el currículo de estudios de cada una de las Maestrías antes citadas, se desprende que acreditan los requisitos académicos y de infraestructura para el funcionamiento de la Escuela de Posgrado con sus respectivos programas; Que, estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que la creación de la Maestría en Desarrollo Sostenible, con mención en Gestión de