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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de junio de 2009 397815 consistente en 2 Unidades Impositivas Tributarías - UIT por cada espécimen del recurso; y de tratarse de condiciones para el consumo humano directo en cualquiera de sus estadios de conservación (fresco, salpreso o seco salado) el decomiso y multa en 3 x valor del recurso (bufeos o delfi nes y manatí = S/. 100 por kilogramo). Las infracciones serán sancionadas administrativamente, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Loreto, designe una partida presupuestaria por un monto de Veinticinco mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 25,000.00), en forma anual, la misma que será utilizada para la implementación y difusión de la Ordenanza Regional Nº 018-2008-GRL-CR y la presente Ordenanza, para la elaboración de videos y cuñas radiales, impresión de afi ches, charlas de sensibilización desconcentradas en las capitales provinciales y localidades donde exista presión de caza o captura de mamíferos acuáticos amazónicos, entre otras actividades relacionadas con la educación ambiental. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de la Producción y la Ofi cina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Loreto, cumplan con entregar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el menor plazo posible un programa de actividades y cronograma de trabajo para la implementación y difusión respectiva, para la ejecución de la partida presupuestaria indicado en el párrafo precedente. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, hacer de conocimiento la presente Ordenanza Regional a las Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Loreto; Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, Dirección de Guardacostas y Capitanía de Puerto de Iquitos, Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Municipalidades Distritales y Provinciales y Viceministerio de Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo Octavo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto.gob.pe. Artículo Noveno: La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto, para su promulgación. Dado en el auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto, a los quince días del mes de mayo de 2009. MARÍA GIANNELA CURTO LLOJA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º Inc. o), 37 Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL- CR de fecha 15 de diciembre de 2008. Regístrese, publíquese y cúmplase. YVAN E. VASQUEZ VALERA Presidente GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Dirección Regional de la Producción FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DÍA) DE LA ACTIVIDAD DE REHABILITACIÓN DE MAMÍFEROS ACUÁTICOS AMAZÓNICOS EN CAUTIVERIO – CENTROS DE RESCATE 1. DEL TITULAR Nombre de la persona jurídica o natural: … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … . . … … RUC Nº …………………………….. Titular y/o representante legal: …………………………………, Nº D.N.I. ………………………; Teléfono/Fax: ……………………………………………………………. Domicilio legal: ………………………………………… ……………………………………………………, Distrito: ……………………………………….…….., Provincia: ………………………….……………... 2. DE LA ACTIVIDAD 2.1. Especies a rehabilitar (Nombre común y científi co). 2.2. Áreas a ser utilizadas. Ambiente léntico (lagunas, lagos, reservorios): Área total: …………….……ha. Área en concesión:…………………..…ha Área utilizada de espejo de agua: ………………. ha. Área total del predio: …………………….. ha 2.3. Capacidad de rehabilitación (número de individuos por especie): 2.4. Ubicación exacta del Centro de Rescate: Sector / Localidad / Comunidad / Caserío / Distrito / Provincia. Coordenadas en UTM: Descripción del ambiente relacionado al entorno (poblado, agricultura, industria). 3. DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE RESCATE 3.1. Áreas acuáticas. Estanques de Estanques de Laguna o Tierra Material Noble Cocha Otros Número, dimensiones, volumen y características de cada uno por especie (incluye las pozas secundarias o de cuarentena): Tratamiento, desinfección y/o mantenimiento de las pozas: Circulación y/o Sistema de recirculación y fi ltración del agua: Sistema de drenaje: 3.2. Almacén. 3.3. Cocina o Ambiente para la preparación de alimentos de los animales. (Debe contar con un programa de eliminación de plagas). 3.4. Laboratorio (detallar materiales, equipos, etc.). 3.5. Otras Instalaciones (Administrativas, auditorios, recepción, etc.). 3.6. Servicios de emergencia para el suministro de agua y energía eléctrica. 3.7. Disposición de residuos sólidos, desagües domésticos y/o sanitarios (SSHH) que se genere por la actividad. 4. DE LA ESPECIE (S) 4.1. En el Control Sanitario detallar: uso y manejo de antibióticos, disposición de residuos sólidos y tratamiento de efl uentes. 4.2. Otros tratamientos veterinarios. 5. DE LA REHABILITACIÓN 5.1. Alimentación (por grupo etáreo y por especie). 5.2. Plan de Manejo (por especie). 5.3. Logística y materiales para el transporte de los animales. 5.4. Registros y marcaje. 5.5. Frecuencia de supervisión veterinaria. 5.6. Detallar procedimiento para posibles casos de preñez. 5.7. Detallar protocolo de necropsia. 5.8. Detallar protocolo de liberación. 5.9. Acciones para evitar la exposición de los animales a ruidos excesivos y a toda potencial fuente de estrés. 5.10. Especifi car el tipo de residuos sólidos que genera la actividad y su tratamiento. 6. DEL RECURSO HIDRICO 6.1. Especifi car el origen del recurso hídrico: 6.2. Indicar el caudal de ingreso del agua (estanques de tierra o lagunas). 6.3. Especifi car el tipo o sistemas de tratamiento del agua antes del ingreso al centro. 6.4. Especifi car a donde se derivará el agua el agua después de su utilización. 6.5. Monitoreo ambiental.