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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de junio de 2009 397820 Artículo 8º.- Establecer de manera transitoria, que mientras no se aplique la revisión técnica se aplicará la constatación de características. Del mismo modo se elaborará un reglamento que brindará las pautas para una correcta constatación de características la cual será aprobada a través de una resolución o decreto de alcaldía según amerite el asunto. Artículo 9º.- La Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial considerará en su Plan Operativo Anual (POA) 2010 el presupuesto pertinente para la realización de un Estudio Técnico de Oferta y Demanda de Vehículo Menores en el distrito de Villa El Salvador con la fi nalidad de determinar elementos que permitan afrontar esta problemática de manera más integral y objetiva. Artículo 10º.- La Municipalidad de Villa El Salvador a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, con la coordinación y/o colaboración de las instituciones públicas y privadas competentes, deberá de verifi car la autenticidad de las licencias de conducir, tarjetas de propiedad, SOAT, AFOCAT, etc. antes de emitir las resoluciones de permiso de operación correspondientes. Artículo 11º.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 145-MVES, en relación al procedimiento Nº 038, el cual quedará conforme al siguiente detalle: Solicitud; Certifi cado de constatación de características o certifi cado de revisión técnica, según acuerdo de ley; Copia de la Tarjeta de Propiedad; Copia del SOAT o AFOCAT vigente; Copia del DNI del propietario; Acreditación de Poder vigente en caso de representación; Pago de derecho. Artículo 12º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial la elaboración del Texto Único Ordenado del Reglamento del Servicio Público especial de Transporte Urbano de Pasajeros en Vehículos Menores aprobado por Ordenanza Municipal Nº 121-MVES, modifi cado por la presente Ordenanza, en un plazo no mayor de 15 días. Artículo 13º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Desarrollo Urbano y con el apoyo de los demás Órganos y Gerencias de esta Municipalidad, facilitar las condiciones logísticas y humanas pertinentes que permitan la efi caz aplicación de la presente norma a través de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME ZEA USCA Alcalde 362133-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Modifican el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 250-CMPC Cajamarca, 30 de marzo de 2009. POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de marzo de 2009, el Ofi cio Nº 008-2009-LAMC-MPC, del 16 de marzo de 2009; Ofi cio Nº 17-2009-CAAF-MPC, de la Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros, adjuntando Dictamen Nº 17-2009, sobre modifi cación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, incluyendo el procedimiento administrativo “Recurso de Apelación ante la Municipalidad Provincial de Cajamarca”, derivados de procesos de selección que implementa la entidad. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 señala que las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, con Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se establecen los lineamientos para la formulación y aprobación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27444. Que, con Ordenanza Municipal Nº 183-CMPC, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, la Ley Nº 29060 modifi ca los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio negativo, a fi n de ofrecer una mejor atención y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Así mismo, establece que en el caso del vencimiento del plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados pueden presentar una declaración jurada ante la propia entidad y que dicho documento confi gura prueba sufi ciente de la Resolución aprobatoria fi cta de la solicitud o trámite iniciado. Que, con Decreto Legislativo Nº 1017 se aprueba la nueva Ley de Contrataciones del Estado, de obligatorio cumplimiento por la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuyo Art. 113º establece que corresponde a cada entidad resolver los recursos de apelación a los procesos de selección que implementa. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2009 se dispone la fecha de entrada en vigencia de la nueva Ley de Contrataciones del Estado. Que, con Informe Nº 071-2009-OGA-MPC, la Ofi cina General de Administración, remite una propuesta para implementar el procedimiento administrativo “Recurso de Apelación proveniente de Procesos de Selección”, necesario para viabilizar la implementación de la nueva normativa de contrataciones estatales. Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar y modifi car Ordenanzas. Por lo que, de conformidad a las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Artículo 1.- APROBAR, la modificatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, incluyendo el procedimiento administrativo de la tramitación de los recursos de apelación a los procesos de selección implementados por la entidad bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, el mismo que consta de Un (01) procedimiento administrativo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- DEJAR, sin efecto toda norma municipal en las partes que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 3.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina General de Informática y Sistemas y demás dependencias de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza, según su competencia. Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de las publicaciones judiciales de la ciudad de Cajamarca. Artículo 5.- La presente Ordenanza será publicada en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y en el Diario Oficial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. EDUARDO E. QUIROZ ROJAS Alcalde (e) 362385-1