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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de junio de 2009 397816 Calidad del Agua: Parámetros físico y químicos Metales pesados (de ser el caso) NMP Coliformes Totales NMP Coliformes Fecales Tratamiento de hongos y otros agentes patógenos Otros (detallar) 6.6. Especifi car el tipo o sistema de tratamiento del agua antes de ser vertido al medio externo. 6.7. Describir el tipo de efl uentes que recibe aguas arriba, producto de otra actividad. 6.8. Estudio de Corrientes (lagunas o cochas) Velocidad …… cm/s Dirección …… 7. DEL PERSONAL 7.1 Indicar los datos del médico veterinario a cargo. 7.2. Indicar los datos del personal profesional y técnico experimentado y capacitado para el manejo y rehabilitación de mamíferos acuáticos amazónicos. 8. PROGRAMA EDUCATIVO E INVESTIGACIÓN 8.1. Mecanismos para la entrega de información relevante sobre cetáceos menores y sirenios amazónicos. 8.2. Detallar el tipo de material impreso con contenido científi co disponible para el público visitante, relacionado con la biología de los mamíferos acuáticos amazónicos, su comportamiento y los problemas de conservación que los afectan en su hábitat natural. 8.3 Otros mecanismos de educación ambiental. 8.4 Indicar el desarrollo de investigaciones sobre los animales en rehabilitación y/o animales liberados, así como de la utilización de los datos o información obtenidos de los mismos. 9. DEL ENTORNO AL PROYECTO 9.1. Describir que otras actividades económicas existen en su entorno, especifi cando la ubicación y los posibles confl ictos. 9.2. Describir el “Plan de Contingencia” para contrarrestar problemas imprevisibles. 9.3. Describir el “Plan de Abandono” para cuando concluya la actividad. BAJO JURAMENTO, DECLARO QUE, SOBRE LA BASE DE LOS ANTECEDENTES PRESENTADOS, ME COMPROMETO A CUMPLIR CON LO REGISTRADO EN ESTE FORMULARIO Y LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL VIGENTE APLICABLE A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, ASÍ COMO DE ASUMIR LOS COMPROMISOS AMBIENTALES: REMITIR EL REPORTE SEMESTRAL DEL MONITOREO AMBIENTAL E INFORME MENSUAL DE LAS CONDICIONES DE SALUD DE LOS ANIMALES EN REHABILITACIÓN, OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE VERIFICACIÓN TÉCNICO AMBIENTAL Y OTROS QUE CONSIDERE NECESARIO LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN DE LORETO. Firma: .……………………………………… Nombre: D.N.I. Nº Fecha ANEXO: 1. Croquis de localización del Proyecto en relación a su entorno. 2. Plano a escala de la distribución de la infraestructura e instalaciones sanitarias 3. Constancia de los indicadores físico-químico, metales, biológico y microbiológico de los ambientes BASE LEGAL: Decreto Ley Nº 25977 “Ley General de Pesca”; Decreto Supremo Nº 012-2001-PE “Reglamento de la Ley General de Pesca”; Ley Nº 26585 “Ley que Declara a Delfi nes y otros Mamíferos Marinos como Especies Legalmente Protegidas”; Decreto Supremo Nº 002-96-PE “Reglamento para la Protección y Conservación de los Cetáceos Menores”; Resolución Ministerial Nº 588-96-PE “Establecen Condiciones Ambientales y de Cuidado para el Adecuado Mantenimiento y Bienestar de los Cetáceos Menores en Cautiverio”; Resolución Ministerial Nº 147- 2001-PE “Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Peruana”; Decreto Supremo Nº 034-2004-AG “Aprueban Categorización de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre y Prohíben su Caza, Tenencia, Transporte o Exportación con Fines Comerciales”; Ordenanza Regional Nº 018-2008-GRL-CR “Normas Técnicas de las Condiciones ambientales y de cuidado para el adecuado mantenimiento y bienestar de mamíferos acuáticos amazónicos en cautiverio con fi nes de rehabilitación”. INSTRUCCIONES: • Llenar el formulario manteniendo la secuencia del contenido del mismo. En caso de NO corresponder a su proyecto o actividad, dejar en blanco o indicar que no corresponde. También, puede utilizar hoja adicional indicando el numeral o numerales que requiere de mayor amplitud e información. • Los casilleros, deben llenarse o marcarse con un aspa o consignar un dato numérico según el caso. • El formulario deberá ser rellenado por el interesado, de preferencia con la orientación de los servidores de la Dirección Regional de la Producción de Loreto. • Adjuntar toda la información solicitada en el anexo. 361885-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Declaran de interés regional la Conservación de los Humedales, Lagos y Cochas ubicados en la Región Madre de Dios (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Ofi cio Nº 349-2009-GOREMAD/PR, recibido el 17 de junio de 2009) ORDENANZA REGIONAL N° 012-2008-GRMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 21 de mayo del 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 6 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, son objetivos a nivel ambiental: a) Ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo; b) Gestión sostenible de los recursos forestales y mejoramiento de la calidad ambiental; c) Coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del sistema nacional de gestión ambiental. Que, el artículo 35, inciso n) del precitado cuerpo legal, señala que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales “Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad y en el inciso e) del mismo artículo, se señala como competencias compartidas la “preservación de la administración de la reserva y áreas naturales protegidas Regionales”. Que, los humedales, lagos y cochas de la Región de Madre de Dios, constituyen uno de los recursos de mayor importancia hidrobiológica en el país, su diversidad climática han sostenido una amplia diversidad de especies biológicas de gran valor ecológico y comercial, con un alto potencial para el cultivo y aprovechamiento. En la actualidad, existe una progresiva disminución de los recursos naturales ocasionada por técnicas inapropiadas de aprovechamiento y deterioro ambiental, causado por el intenso trabajo minero con técnicas inadecuadas y contaminantes. Que, el artículo 22 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que el ordenamiento territorial ambiental es un objetivo de la descentralización en materia de gestión ambiental, debiendo incorporarse al componente ambiental a las estrategias de desarrollo sostenible. Que, es necesario que el gobierno regional dicte normas que promuevan una cultura de aprovechamiento sostenible de estos valiosos recursos, dentro de una estrategia de desarrollo armónico de la región; adicionalmente, se debe elaborar el “Plan Estratégico para la Conservación de los Humedales, Lagos y Cochas, ubicados en la jurisdicción de la Región Madre de Dios. Que, el señor Consejero Ing. Emerson Bocanegra Pérez, ha propuesto el Proyecto de Ordenanza para la Declaratoria de Interés Regional la Conservación de los Humedales, Lagos y Cochas ubicados en la jurisdicción de la Región Madre de Dios. Que, mediante Informe Legal Nº 016-2008-GOREMAD/ OAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre la viabilidad de la propuesta mencionada.