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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de junio de 2009 397991 4º.- Encargar la Gerencia General del Centro de Producción Editorial e Imprenta (CEPREDIM) al Ing. JUAN MANUEL CEVALLOS AMPUERO, con código N° 015369, por el período que dure la ausencia del titular. 5º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. 6º.- Encargar a la Dirección General de Administración, a la Facultad de Ingeniería Industrial y al Centro de Producción Editorial e Imprenta (CEPREDIM), el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 364004-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Autorizan viaje de Consejero Regional para participar en el Segundo Congreso Mundial de Páramos que se realiza en Ecuador ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 557-2009/GRP-CR Piura, 18 de junio de 2009 VISTO: - La Carta s/n de fecha 29 de mayo de 2009 de la Coordinadora Nacional del Proyecto Páramo Andino – Instituto de Montaña; invitando al Consejero Regional Sr. Miguel Enrique Galecio Rentería a participar del 2do Congreso Mundial de Páramos a realizarse en la ciudad de Loja – República de Ecuador. - Memorándum N° 023-2009/GRP-CR-MEGR de fecha 10 de junio de 2009, del Consejero Regional Sr. Miguel Enrique Galecio Rentería, solicitando autorización para participar en 2do. Congreso Mundial de Páramos. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el inciso h) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modifi cada por Ley Nº 27902, estipula que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; asimismo el inciso a. del artículo 15°, señala como atribución del Consejo Regional, el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 39° establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 9° inciso 9.3 de la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM - Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº. 005-2006-PCM; Que, el Artículo 83º Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones según el nivel de carrera grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, mediante Carta s/n de fecha 29 de mayo de 2009, la Coordinadora Nacional del Proyecto Páramo Andino – Instituto de Montaña, en su calidad de miembro del Comité Técnico del Evento PARAMUNDI, Vida en las Alturas, invita al Consejero Regional de la provincia de Ayabaca, Sr. Miguel Enrique Galecio Rentería, a participar en el 2do. Congreso Mundial de Páramos a desarrollarse en la Universidad Técnica Particular de Loja, ciudad de Loja en la República de Ecuador, entre los días 21 al 27 de junio de 2009, evento que tiene por objetivo principal el posicionar al páramo como un ecosistema estratégico en el ámbito internacional, nacional y local, promoviendo la defi nición de compromisos y estrategias de acción conjuntas para su conservación y manejo sustentable; en el que participarán aproximadamente 1000 personas representantes de instituciones tomadores de decisión, organizaciones sociales y comunidades locales de los gobiernos de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Costa Rica y países de África; Que, el páramo es un ecosistema natural zonal entre el límite del bosque cerrado y la nieve perpetua de los trópicos húmedos, usualmente entre los 3000-3500 msnm. y los 4500-4700 msnm.; forman un corredor interrumpido entre la cordillera de Mérida en Venezuela hasta la depresión de Huancabamba en el norte de Perú, con dos complejos más separados que son los páramos de Costa Rica, y la Sierra Nevada de Santa Marta; Que, con Memorándum N° 023-2009/GRP-CR-MEGR de fecha 10 de junio de 2009, el Consejero Regional por la provincia de Ayabaca Sr. Miguel Enrique Galecio Rentería, solicita autorización para participar en el 2do. Congreso Mundial de Páramos, y; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria Nº 06 - 2009, celebrada el 18 de junio del 2009, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar, en viaje de Comisión de Servicio a la ciudad de Loja en la República de Ecuador, al Consejero Regional por la provincia de Ayabaca Sr. Miguel Enrique Galecio Rentería, durante los días 21 de junio al 27 de junio de 2009, para que participe en el 2do. Congreso Mundial de Páramos, evento organizado por el comité Técnico PARAMUNDI 2009 con el objetivo de promover la defi nición de compromisos y estrategias de acción conjuntas para la conservación y manejo sustentable de los Páramos. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, serán asumidos por el Pliego Presupuestal 457: Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Número de días: 7 Pasajes : US$ 30.00 Movilidad Local : US$ 175.00 Viáticos : US$ 408.33 Total : US$ 613.33