Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2009 (29/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

398309

Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta durante su tramite de inscripcion como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1374-2009-TCS3 de 26.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 43. CONSTRUCTORA NAKI E.I.R.L. Inhabilitacion por siete (7) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1375-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 44. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta durante su tramite de inscripcion como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1376-2009-TCS3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 45. CONSTRUCCIONES E INVERSIONES MG S.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta durante su tramite de inscripcion como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº1378-2009-TCS3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 46. TECSIS COM E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1379-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 47. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mediante Resolucion N° 1380-2009-TC-S3 de 27.05.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada persona contra la Resolucion N° 1180-2009-TC-S3 de 28.04.2009, que le sanciona con quince (15) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 48. INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1382-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

49. GNA MEDICA E.I.R.L. Mediante Resolucion N° 1386-2009-TC-S3 de 27.05.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1264-2009-TC-S3 de 08.05.2009, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 50. HAMIRA S.A. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº1387-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 51. CORPORACION EMPRESARIAL TUYES E.I.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1394-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 52. WILMER MORDAZA MORDAZA Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1394-2009-TCS3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 53. VEPCOM E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1396-2009-TC-S3 de 27.05.2009, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 54. COINREFRI AIR S.A.C. Mediante Resolucion N° 1397-2009-TC-S3 de 28.05.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1204-2009-TC-S3 de 30.04.2009, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 55. CONFECCIONES INDUSTRIALES 2001 S.A.C. Mediante Resolucion N°1400-2009-TC-S3 de 29.05.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N°1222-2009-TC-S3 de 30.04.2009, que le sanciona con seis (6) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 56. A y S SEGURIDAD S.R.L. Mediante Resolucion N° 1401-2009-TC-S3 de 29.05.2009, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 1219-

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