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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de junio de 2009 398305 CÓDIGO INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SANCIÓN PUNTOS QUE ACUMULA MEDIDA PREVENTIVA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO G. 84 Conducir un vehículo con la salida del tubo de escape en la parte lateral derecha, de modo tal que las emisiones o gases sean expulsados hacia la acera por donde circulan los peatones Grave Multa 8% UIT 20 Retención del Vehículo SÍ G. 85 Conducir un vehículo con el escape sin dispositivo silenciador Grave Multa 8% UIT 20 Retención del Vehículo SÍ G. 86 Circular con un vehículo menor que preste el servicio de transporte público de pasajeros en vías no autorizadas Grave Multa 8% UIT 20 Remoción del Vehículo SÍ G 87 Circular un vehículo automotor menor sin placa de rodaje o sin el permiso correspondiente Grave Multa 8% UIT 20 Retención del Vehiculo L. LEVES L. 1 Abandonar el vehículo en lugares permitidos para estacionarse Leve Multa 4% UIT 5 Internamiento del vehículo L. 2 Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, difi cultando la circulación vehicular Leve Multa 4% UIT 5 L. 3 Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos Leve Multa 4% UIT 5 Artículo 3.- Derogatoria Deróguese la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC y el Decreto Supremo Nº 012-2009-MTC. Artículo 4.- Entrada en vigencia El presente Decreto supremo entrará en vigencia el 21 de julio de 2009. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 366403-4 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Relación de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de mayo de 2009 RESOLUCIÓN Nº 190-2009-OSCE/PRE Jesús María, 23 de junio de 2009 VISTO: El Memorando Nº 446-2009/DSE-YAR de la Dirección del SEACE, referido a la publicación del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el artículo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicará mensualmente la relación de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Dirección del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Dirección