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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de marzo de 2009 392348 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 323730-4 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar del Reino de Tailandia y de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2009 DE/SG Lima, 12 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 235, de fecha 9 de marzo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Reino de Tailandia sin armas de guerra; Que, el Director de la División de Investigación del Instituto de las Fuerzas Armadas para la Investigación de las Ciencias Médicas de Tailandia realizará una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD, ubicado en el Centro Médico Naval, con el propósito de observar el sistema vigilancia epidemiológica; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) Ofi cial del Ejército Real de Tailandia, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 22 al 28 de marzo de 2009, para realizar una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD, con el propósito de observar el sistema de vigilancia epidemiológica. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2009-DE-SG 12.Mar. 2009 a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) Ofi cial del Ejército Real de Tailandia para realizar una visita a las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD, con el propósito de observar el sistema de vigilancia epidemiológica. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DEL REINO DE TAILANDIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- Coronel del Ejército Real Narongrid Sirisopana c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 22 al 28 de Marzo de 2009 323653-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2009-DE/SG Lima, 13 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-225, de fecha 4 de marzo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra; Que, dos cadetes del Ejército de los Estados Unidos de América realizarán una visita a la Escuela Militar de Chorrillos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) cadetes del Ejército de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 14 al 22 de marzo de 2009, para realizar una visita a la Escuela Militar de Chorrillos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2009-DE-SG 13.MAR.2009