Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2009 (16/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de marzo de 2009

los vehiculos estacionados en areas publicas de la jurisdiccion del Distrito, durante las 24 horas del dia, de todos los dias de la semana, incluyendo, sabados, domingos y feriados. 2.- La venta de bebidas alcoholicas a menores de edad. 3.- El expendio y/o consumo de bebidas alcoholicas en cualquier establecimiento no Autorizado. Articulo Quinto: Los establecimientos que cuenten con la Licencia Municipal de Apertura que los autorice a expender bebidas alcoholicas como complemento de comida, giros de restaurantes, pollerias, deberan limitar adecuadamente su consumo, garantizando que este de realice en el interior del local y en niveles moderados, evitando de esta manera el desorden y la intranquilidad al interior y exterior del local. Los establecimientos autorizados para el expendio y consumo de licores al interior, tomaran sus precauciones para que el consumo se realice solo al interior del establecimiento, bajo responsabilidad de su conductor. Articulo Sexto: Se encuentran autorizados para expender bebidas alcoholicas sin consumo en el interior del local y observando las disposiciones, limitaciones y prohibiciones de la presente Ordenanza, unicamente los establecimientos que cuenten con Autorizacion Municipal de Apertura los giros de licoreria, autoservicio y minimarkets ubicados dentro del area de estaciones de servicio de combustible. Los establecimientos autorizados para el expendio de licores, tomaran sus precauciones para que el consumo no se realice a inmediaciones del establecimiento, bajo responsabilidad del conductor. Articulo Setimo: HORARIOS Establecer como horario de funcionamiento y atencion al publico de las Discotecas, Karaokes, video pubs, penas, y salon de recepciones el que se detalla a continuacion
Dias Horario Termino 03:00 horas del dia siguiente 03:00 horas del dia siguiente

Articulo Decimo: De la Suspension Aprobar la suspension de los procedimientos administrativos tendientes a obtener el otorgamiento de Certificados de Compatibilidad de Uso y de Licencia de Apertura y Funcionamiento Definitivos, Provisionales y Especiales de establecimientos comerciales en toda la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para el otorgamiento de Autorizaciones y/o licencia de Funcionamiento para los Giros de Video Pub, Karaokes, Night Clubs y Discotecas; y otros similares dedicados a la venta y consumo de Bebidas Alcoholicas en toda la jurisdiccion distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Articulo Decimo Primero: De la reincidencia En caso de reincidencia o incumplimiento de la Resolucion de Clausura temporal, la Municipalidad procedera al cierre definitivo, siguiendo el mismo procedimiento que el adoptado para la clausura, sin perjuicio de interponer la correspondiente denuncia penal, independientemente de los ilicitos penales que constituyan sus actividades, se interpondra denuncia por resistencia y desobediencia a la autoridad, incluyendose al propietario del predio, de ser el caso. 12.1.- Los gastos en que incurra la administracion municipal para el cierre y/o clausura del establecimiento seran asumidos por el conductor o propietario del local, solidariamente, quien sera notificado mediante liquidacion de oficio, requiriendole el cumplimiento de pago bajo apercibimiento de realizarlo en la via coactiva. 12.2.- Las resoluciones de la Gerencia de Rentas que dispongan la Clausura temporal del establecimiento, debera disponer el tapiado en caso de reincidencia o incumplimiento de la sancion. 12.3.- La ejecucion de la sancion de tapiado estara a cargo del Ejecutor Coactivo, en coordinacion con la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el MORDAZA de la Fuerza Publica, a fin de garantizar la seguridad de los participantes. 12.4.- Gerencia de Rentas y al Ejecutor Coactivo, solicitaran la relacion de los establecimientos a los que se les MORDAZA impuesto multas por reincidencia o continuidad de infraccion y de establecimientos que cuenten con Resolucion de Clausura, a fin de proceder a su verificacion. Articulo Decimo Segundo: FACULTESE al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicaron de la presente Ordenanza. Articulo Decimo Tercero: ENCARGAR, a la Secretaria General remita copias de la presente Ordenanza al Ministerio Publico, Ministerio de Salud, MORDAZA Sur, Defensoria del Pueblo, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Primer Juzgado Mixto de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Policia Nacional del Peru y a la Gobernacion para su conocimiento y apoyo segun corresponda. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: Primera .- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA .- En las Resoluciones y Certificaciones de Licencia de Apertura del Establecimiento que expida la Administracion Municipal, se consignara segun el MORDAZA de local, las prohibiciones y/o limitaciones que la presente Ordenanza establece. Tercera .- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Servicios Publicos y Gerencia de Desarrollo Humano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Inicio MORDAZA a Jueves 19.00 Horas Viernes, Sabados, y visperas de 19.00 Horas feriados

MORDAZA Juveniles en Discoteca: quedan autorizadas las matinales; sabados, domingos y feriados, de 15:00 a 19:00 horas; con la prohibicion de expendio de Bebidas alcoholicas en el espacio que se encuentren los menores. Articulo Octavo.Ningun establecimiento senalado en el articulo anterior podra permitir el ingreso de publico despues del horario establecido; sin embargo se permitira el desarrollo de las actividades para el publico que se encuentre en su interior exclusivamente. A los infractores de lo dispuesto en la presente Ordenanza se les aplicara las Sanciones establecidas, que incluye el cierre temporal y definitivo de sus Establecimientos. Articulo Noveno: Modificar e incorporar en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas CUIS aprobado por la Ordenanza 044-2001/MVMT, las siguientes infracciones y sanciones, de acuerdo al cuadro de infracciones Administrativas de la Municipalidad.
SANCION PECUNIARIA UIT SANCION NO PECUNIARIA Clausura temporal de 15 dias calendario. Clausura temporal de 15 dias calendario Clausura temporal de 15 dias. Decomiso

CODIGO 0614 0623 0624 0625

INFRACCION

Expender bebidas alcoholicas a menores 50 % de edad. Expender bebidas alcoholicas en horarios no autorizados, por la municipalidad. 50 % Dar facilidades o promover el consumo de 25 % bebidas alcoholicas en areas publicas. Consumir bebidas alcoholicas en la via publica y/o en el interior de vehiculos 5 % estacionados en areas publicas Expender en exceso o dar facilidades para el consumo en demasia de bebidas alcoholicas en el interior de establecimientos 10 % autorizados para expender bebidas alcoholicas como complemento de comida. Expender bebidas alcoholicas en los 50 % Locales no Autorizados.

0626

Clausura temporal de 15 dias.

0627

Clausura Definitiva.

323160-1

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