Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2009 (16/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Anuales de Control 2008 de seiscientos ochenta (680) Organos de Control Institucional que conforman el Sistema Nacional de Control; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control ha sido informada por las respectivas unidades organicas competentes de la Contraloria General de la Republica, respecto a los proyectos de PAC 2009 de dieciocho (18) Organos de Control Institucional, los mismos que cuentan con su conformidad; procediendo la Gerencia de Planeamiento y Control a verificar selectivamente la informacion registrada en el Sistema de Control Gubernamental, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su tramite de aprobacion correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobacion de los proyectos de PAC 2009 de un total de dieciocho (18) Organos de Control Institucional, cuya formulacion y cumplimiento es obligatorio por parte de los organos que conforman el Sistema Nacional de Control; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 4672008-CG se delego en la Vicecontralora General de la Republica, como MORDAZA autoridad institucional actual, entre otras, la facultad prevista en el literal b) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y de la Resolucion de Contraloria Nº 467-2008-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2009 de dieciocho (18) Organos de Control Institucional que se encuentran bajo el ambito del Sistema Nacional de Control, de las entidades que se detallan en anexo adjunto, siendo esta aprobacion complementaria a la ya aprobada. Articulo Segundo.- Las unidades organicas de linea de la Contraloria General de la Republica, bajo cuyo ambito de control se encuentran los Organos de Control Institucional anteriormente senalados, se encargaran de cautelar la ejecucion de los Planes Anuales de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica
ANEXO A LA RESOLUCION DE VICECONTRALORA Nº 064 -2009-CG
ITEM CODIGO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 3448 0284 5531 0191 5683 2061 2157 2159 2185 4693 0384 0445 0475 0631 3390 4428 4016 4191 NOMBRE DIRECCION REGIONAL DE SALUD MORDAZA II - ANDAHUAYLAS EJERCITO PERUANO HOSPITAL SAN MORDAZA DE LURIGANCHO MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DEL AMBIENTE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA-TRUJILLO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS-LIMA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS-SICUANI MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PROYECTO ESPECIAL MORDAZA CENTRO SUR UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL ALTO AMAZONAS YURIMAGUAS - UGEL ALTO AMAZONAS UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL MARISCAL MORDAZA MORDAZA CABALLOCOCHA - UGEL MORDAZA MORDAZA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL RECUAY - UGEL RECUAY

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en Situacion de Emergencia a la Region MORDAZA
ACUERDO REGIONAL Nº 026-2009-GRA/CR-AREQUIPA
El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo regulado en el inciso c) del articulo 61 de la Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, son funciones del Gobierno Regional en materia de defensa civil, organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres, de ayuda directa e inmediata a los damnificados, y de rehabilitacion a las poblaciones afectadas; Que, asimismo, por disposicion expresa del articulo 128 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF / Reglamento de la Ley de Contrataciones, en virtud de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional, la Entidad puede ser autorizada para contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento o eventos producidos, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes; Que, de acuerdo al Informe presentado por la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, en las ultimas semanas y dias, se ha verificado en todo el departamento de MORDAZA situaciones de peligro y de desastre ocasionadas por las lluvias que se han venido produciendo, las cuales, vienen ocasionado danos tanto a la poblacion como a la infraestructura local; Que, ante estos acontecimientos, deviene en necesaria la declaratoria en situacion de emergencia de la Region MORDAZA, y la autorizacion para que se adopten las acciones y medidas inmediatas de prevencion, de ayuda directa y de rehabilitacion a traves de los respectivos Comites Provinciales y Distritales de Defensa Civil; Que, estando a lo senalado en el Informe Nº 0982009-GRA/ORDNDC presentado por la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil; entonces, por las consideraciones senaladas, al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968, 29053; con exoneracion del tramite de Comision; en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- DECLARAR en Situacion de Emergencia y por el plazo de (60) dias calendario a la Region Arequipa; en consecuencia, se autoriza al Ejecutivo Regional para que de manera coordinada, a traves de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, la Oficina Regional de Administracion y la Oficina de Logistica, realice de manera directa y por medio de acciones inmediatas, las Contrataciones que resulten estrictamente necesarias para prevenir y/o atender los requerimientos de la Situacion de Emergencia declarada, para lo cual, correspondera que en cada contratacion se observen inexorablemente las siguientes condiciones: ((a)) Especificaciones tecnicas, ((b)) Precio de MORDAZA, ((c)) Afectacion especifica de la fuente de financiamiento autorizada, y, ((d)) Cumplimiento del procedimiento previsto en el articulo 128 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF / Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; todo, bajo la supervision de la Gerencia General Regional.

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