Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2009 (16/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392471

POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion-Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion-Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867, sus modificatorias-Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, en su articulo 10º, numeral 1, literal c), establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; asimismo el inciso a) del articulo 15º, establece como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo el inciso a), del articulo 15º de la MORDAZA anteriormente mencionada, establece como atribucion del Consejo Regional, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, define el Cuadro para Asignacion de Personal-CAP como un documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad sobre la base de su estructura organica vigente prevista en su ROF; el articulo 15º senala que la aprobacion del CAP se efectuara mediante Ordenanza Regional; asimismo el articulo 17º establece que las Entidades deberan cumplir con publicar su CAP en el MORDAZA Electronico del Ministerio y en el del Gobierno Regional correspondiente dentro de los tres (03) dias calendario siguientes a la fecha de publicacion de la Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 118-2006/GRPCR del 30 de diciembre de 2006, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Sede, Gerencias Sub Regionales y Centros de Servicios del Gobierno Regional Piura; Que, con Oficio Nº 651-2008/GRP-120000 del 14 de octubre del 2008, la Oficina Regional de Control Institucional emite el Informe Administrativo Nº 006-2008-25349 (SAGU), emergente de la accion de control "Examen Especial Denuncias sobre Asignaciones Presupuestarias para el Pago de Remuneraciones e Incentivos a Actividades: Centro de Servicios de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos y Centro de Abastecimiento Agua Bayovar Periodo 01 Enero 2005-31 Diciembre 2006, senalando en su Recomendacion Nº 3 "Que el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la Sede MORDAZA, a traves de la Oficina de Presupuesto, Credito y Tributacion y Oficina de Desarrollo Institucional, en coordinacion con la Oficina de Recursos Humanos, en un plazo perentorio, evalue tecnicamente las funciones, situacion financiera, presupuestal y laboral del Centro de Servicios y Equipo Mecanizado y laboratorio de Suelos (...) a fin de que la Oficina Regional de Asesoria Juridica

defina su naturaleza juridica, adecuandolas a la normativa correspondiente"; Que, a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 76220087GOB.REG.PIURA-PR de fecha 03 de diciembre de 2008, se dispuso en su articulo 3º que el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial implemente las recomendaciones formuladas en el Informe "Evalue tecnicamente, a traves de la Oficina de Presupuesto, Credito y Tributacion y Oficina de Desarrollo Institucional, en coordinacion con la Oficina de Recursos Humanos, las funciones, situacion financiera, presupuestal y laboral del Centro de Servicios de Equipo Mecanizado y laboratorio de Suelos-CESEM y del Centro de Abastecimiento Agua Bayovar, a fin de que la Oficina Regional de Asesoria Juridica defina su naturaleza juridica, adecuandola a la normatividad correspondiente"; Que, mediante Informe Nº 153-2009/GRP-460000 del 22 de enero de 2009, la Oficina Regional de Asesoria Juridica emite opinion legal, senalando que los cargos del CESEM y LS fueron considerados en la situacion de previstos debido a que se encontraba en tramite la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, una vez aprobado el ROF se considero al CESEM y LS conjuntamente con el Centro de Abastecimiento Agua Bayovar como organo desconcentrado de la Gerencia General Regional, en tal sentido, previo cumplimiento de MORDAZA del informe tecnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conforme lo establece el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 043-90-PCM, debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; luego, con fecha 27 de febrero de 2009, emite Informe Nº 406-2009/GRP-460000 del 27 de febrero de 2009, ampliando el informe anterior, senalando que con relacion al CAP del personal Contratado por Funcionamiento de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, corresponde se efectue el tramite de modificacion del CAP, teniendo en cuenta que es un documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad sobre la base de su estructura organica vigente prevista en el ROF; y estando el Informe Tecnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, procede su aprobacion; Que, con Informe Nº 106-2009/GRP-410000 del 23 de febrero de 2009, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial alcanza el Informe Nº 028-2009/GRP-410300 del 19 de febrero de 2009 por el cual la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, concluye que segun lo dispuesto por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 762-2008/GOB.REG. PIURA-PR, se debe dar estricto cumplimiento respecto a la adecuacion del CAP del CESEM y LS de acuerdo a su presupuesto autorizado por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para los pagos a su personal, recomendando que previo informe de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, sea derivado al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional; luego con fecha 03 de marzo de 2009, mediante Informe Nº 035-2009/ GRP-410300, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional emite informe tecnico ampliatorio, concluyendo que es necesario regularizar la adecuacion de la situacion de previstos a ocupados de los cargos correspondientes al personal contratado del CESEM y LS y de la Sede, ex trabajadores del ex TASEEM, por tal motivo se consigna en el proyecto de Ordenanza Regional el termino "en vias de regularizacion"; Que, mediante Informe Nº 426-2009/GRP-460000 del 03 de marzo de 2009, la Oficina Regional de Asesoria Juridica emite informe legal ampliatorio, concluyendo que el CAP de la Sede, Gerencias Sub Regionales y Centros de Servicio del Gobierno Regional MORDAZA fue aprobado en base a la propuesta que fue remitida a la Comision Tecnica Revisora del CAP de la Sede y Gerencia Sub Regional con anterioridad a la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, por lo tanto es necesario regularizar la adecuacion del CAP del Centro de Servicio de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos, el cual cuenta con presupuesto autorizado por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, recomendando la aprobacion en vias de regularizacion de la adecuacion del CAP del Centro de Servicios de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos CESEM y LS; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 03 -2009, realizada el dia 04 de marzo del 2009, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones

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