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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2009 (16/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de marzo de 2009 392470 Segundo.- AUTORIZAR al Ejecutivo Regional para que de manera paralela en aplicación del principio de subsidiariedad, proceda también en caso de resultar necesario, a la transferencia de recursos a favor de los Comités Provinciales y Distritales de la Región a través de las respectivas Municipalidades, conforme el siguiente detalle: Transfi ere Gobierno Regional de Arequipa Reciben Comités Provinciales y Distritales del Departamento de Arequipa / Municipalidades Finalidad Atención de las situaciones de emergencia producidas Monto Hasta S/. 1’000,000.00 nuevos soles Fte. Fto. Recursos Ordinarios Unidad Ejecutora 001 Pliego 443 - Gobierno Regional de Arequipa Tercero.- DISPONER que la Ofi cina Regional de Administración cumpla con sufragar la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y se encargue de su tramitación en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. Cuarto.- DISPONER que una vez fi nalizada la emergencia, bajo responsabilidad, en el plazo de (15) días calendario, la Ofi cina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, la Ofi cina Regional de Administración, la Ofi cina de Logística y la Gerencia General Regional, en forma conjunta, presenten un Informe detallado en el que se dé cuenta sobre las acciones y medidas realizadas para la atención de la emergencia. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 2009 marzo 9 JEISTER D. CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 323162-1 Autorizan viaje de Consejero Regional a Bolivia para participar en los Actos Protocolares de Promoción a la candidatura del “Valle del Colca” como Nueva Maravilla Natural del Mundo ACUERDO REGIONAL Nº 027-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, con fecha 05 de marzo de 2009, el señor Prefecto del departamento de La Paz a través de la Secretaría Departamental de Turismo y la Dirección de Promoción Turística, por medio del CITE: DP-OF-308/09-/SDT-138- /09, ha cursado invitación al señor Presidente del Gobierno Regional para que participe del Acto Protocolar a realizarse el día 13 de marzo de 2009, en el Salón de Honor de la Prefectura del Departamento de La Paz, con el propósito de promocionar las candidaturas del “Valle del Colca” y el “Lago Titicaca”, esto, dentro del marco del Convenio de Cooperación Binacional suscrito en Autoridades Bolivianas y Peruanas. Que, sobre esta invitación, a través del Ofi cio Nº 181-2009- GRA/PR, el señor Presidente Regional solicita al señor Jorge Valverde Pacheco (Consejero Regional por Caylloma), asista al Acto Protocolar de la referencia en su representación; Que, en ese sentido, tratándose de un viaje al exterior, luego entonces, para su autorización corresponde observar las condiciones que exige el artículo 2 de la Ley Nº 27619. Que, a este respecto, tal y conforme se ha verifi cado, en la actualidad se viene desarrollando la votación (a nivel mundial) para la elección de las Nuevas Siete Maravillas Naturales del Mundo, en la cual, tanto el “Cañón del Colca” en el Grupo “D”, como el “Lago Titicaca” en el Grupo “F”, se encuentran dentro del ranking ofi cial de las (77) maravillas de la naturaleza nominadas que vienen concursando. Siendo este el antecedente, luego entonces, resulta de interés nacional la promoción de ambos lugares, y también, de interés institucional para el Gobierno Regional de Arequipa, la promoción del “Valle del Colca” como maravilla de la naturaleza y como destino turístico; por tanto, las dos condiciones exigidas por la Ley antes glosada se habrían cumplido; Que, si bien es cierto, en la Ley Nº 29289 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, dentro de las diferentes medidas de austeridad, racionalidad y disciplina aprobadas para el gasto público, se han prohibido los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos con cargo a los recursos públicos; sin embargo, en el numeral 9.3) del artículo 9 de la misma Ley, se han autorizado excepciones bajo las cuales sí son procedentes los viajes al exterior. Que, en este extremo, estando excepcionadas de la prohibición presupuestal señalada las “acciones de promoción de importancia para el país”; luego entonces, deviene en procedente la autorización del viaje al exterior por las razones ya señaladas en el parágrafo anterior; Que, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; con exoneración del trámite de Comisión; en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de La Paz - Bolivia, en representación del Presidente del Gobierno Regional, el día 13 de marzo de 2009, al señor Jorge Valverde Pacheco, Consejero Regional de Caylloma, para que participe en los Actos Protocolares de Promoción a la candidatura del “Valle del Colca” como Nueva Maravilla Natural del Mundo. Segundo.- Los gastos que irrogue la ejecución del presente Acuerdo Regional se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 443, de acuerdo al detalle siguiente: - Viáticos Hasta US$ 200.00 dólares americanos - Pasajes Hasta S/. 700.00 nuevos soles - Tarifas de Embarque Hasta S/. 50.00 nuevos soles Tercero.- A su retorno, y dentro de los (15) días calendario siguientes, el señor Jorge Valverde Pacheco, deberá presentar un Informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva conforme a Ley y en observancia de las normas regionales aprobadas para el efecto. Cuarto.- Disponer que la Gerencia General Regional cumpla con publicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Regional de Avisos Judiciales “La República” y en el Diario Ofi cial El Peruano. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 2009 marzo 11 JEISTER D. CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 323163-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza que aprueba la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Centro de Servicio de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos y del Cuadro para Asignación de Personal contratado por funcionamiento de la Sede del Gobierno Regional Piura CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 162-2009/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA