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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392684 DINI es removido por el Presidente Constitucional de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario dar por concluida la designación del referido funcionario; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Jaime Raúl Castro Contreras como Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 326292-6 Designan Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 052-2009-PCM Lima, 19 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; Que el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 28664, dispone que el Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI es designado por el Presidente Constitucional de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Guillermo Enrique Obando Arbulú como Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 326292-7 Acreditan a diversos Gobiernos Regionales para la transferencia de la función n), Art. 51, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 017-2009-PCM/SD Lima, 16 de marzo de 2009 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 002-2009-PCM/SD- OTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, que norma y regula el Proceso de Transferencia de Funciones Sectoriales del año 2007, en la cual se enmarca el Instructivo Nº 01-2007-COFOPRI, aprobado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), por el cual se establecieron medidas para la transferencia de la función n), del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, el mismo que fue validado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 028-2008-PCM/SD; y, el Informe Nº 010-2009-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, la transferencia a los Gobiernos Regionales de la función n), del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, comprendida en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, se viene realizando según las pautas, lineamientos y procedimientos del Instructivo Nº 01-2007-COFOPRI, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 110-2007- COFOPRI/DE, y validado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 028-2008-PCM/SD; Que, al haberse elaborado dicho Instructivo en el marco de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, que norma y regula el Proceso de Transferencia de Funciones Sectoriales del año 2007, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, la transferencia de la referida función n) se viene realizando según el procedimiento simpli¿ cado establecido; encontrándose, a la fecha, en la etapa de certi¿ cación, dentro de la cual la Secretaría de Descentralización ha elaborado, en primera instancia, el Informe de Concordancia Nº 038-2008-PCM/ SD-OTME, por el cual se declararon POR POTENCIAR a los 25 Gobiernos Regionales que participan en el proceso de transferencia, al no haber cumplido con alguno de los requisitos establecidos por el Sector; Que, tomando en cuenta las recomendaciones del Informe de Concordancia Nº 038-2008-PCM/SD-OTME, antes mencionado; y, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de dicha Directiva, COFOPRI suscribió Convenios Marco Intergubernamentales con los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Cajamarca, Ucayali, Pasco, La Libertad, Apurímac y Huancavelica, los cuales fueron presentados a la Secretaría de Descentralización, con el O¿ cio N° 036- 2009-COFOPRI/SG, de acuerdo a la normatividad vigente; con los que se ha elaborado el Informe de Concordancia Nº 002-2009-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de dicha función; Que, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, le corresponde al Ministerio de Agricultura conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este último a través de COFOPRI, la transferencia de dicha función n), así como la identi¿ cación y cuanti¿ cación de recursos asociados con dicha función, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia; para cuyo efecto, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM, deberá constituirse una Comisión Intergubernamental que se encargará de realizar una adecuada articulación de las actividades y acciones de las entidades involucradas, para culminar dicho proceso a más tardar el 30 de junio de 2009, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 088- 2008-PCM y el Decreto Legislativo N° 1089; Que, sobre la base de dicho Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, se emitió la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009-PCM/SD, por la cual se aprobó un procedimiento para la transferencia de dicha función, validando el avance logrado por COFOPRI y los Gobiernos Regionales, en la etapa de certi¿ cación del proceso de transferencia de la referida función n), así como los documentos generados durante dicha etapa, entre ellos, los Informes Situacionales, el Informe de Concordancia Nº 038-2008-PCM/SD y los diez (10) Convenios Marco Intergubernamentales suscritos con