Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2009 (20/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

392691

o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que segun el Informe de Concordancia Nº 001-2009PCM/SD se han identi cado cuatro (4) municipalidades por potenciar (Municipalidades distritales de Echarate, Ventanilla, MORDAZA y Paucarpata), de los cuales han podido resolver dicha situacion las municipalidades de MORDAZA y Paucarpata; habiendo sido esto recogido para la elaboracion del Informe de Concordancia Nº 003-2009PCM/SD-OTME. Que al haberse elaborado el Informe de Concordancia Nº 003-2009-PCM/SD-OTME, la Secretaria de Descentralizacion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 010-2009-PCM/SD, debe proceder a acreditar a las municipalidades del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, al haber sido declaradas APTAS para ejercer funciones en materia de educacion, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007 y 2008, las mismas que se encuentran pendientes de acreditacion y transferencia, mediante la emision de la MORDAZA correspondiente; Que luego de proceder a la acreditacion correspondiente, la Secretaria de Descentralizacion debe noti car al Ministerio de Educacion asi como a los gobiernos regionales, para que procedan a la efectivizacion de la transferencia de las funciones en la materia MORDAZA senalada, asi como de los correspondientes recursos presupuestales asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM que establece medidas para culminar procesos de transferencia programados en el Plan Anual de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27972, 28273 y 29289; los Decretos Supremos Nº 078-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, 049-2008PCM, 083-2008-PCM; y las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, Nº 001-2009PCM/SD y Nº 010-2009-PCM/SD;

Articulo 1º.- Acreditacion de funciones en gestion educativa Acreditar a las municipalidades distritales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolucion, para la transferencia de la funcion del articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades en materia de gestion educativa en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, del Decreto Supremo Nº 0492008-PCM, la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED y del Decreto Supremo Nº 005-2008-ED, implicadas en el Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa. Articulo 2º.- Disposiciones para consolidar la acreditacion El Ministerio de Educacion queda obligado, con las municipalidades que tienen la condicion de ACREDITADAS, de conformidad con el Informe de Concordancia Nº 0012009-PCM/SD-OTME y Nº 003-2009-PCM/SD-OTME a la suscripcion del convenio MORDAZA intergubernamental que incluye acciones de cooperacion, para la ejecucion de los programas de capacitacion y asistencia tecnica que corresponda, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 3º de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD y en el articulo 10º de la Ley Nº 28273 - Del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. Las municipalidades acreditadas en la presente Resolucion deben realizar las gestiones administrativas correspondientes para implementar los requisitos generales dispuestos en la Ley del Sistema de Acreditacion, sobre la base de la declaratoria de viabilidad tecnica y funcional que se ha proporcionado; con la nalidad de garantizar la transferencia de competencias y la calidad de los servicios publicos. El Ministerio de Educacion debera coordinar con los gobiernos locales acreditados y sus correspondientes gobiernos regionales, los mecanismos de articulacion pertinentes, para la elaboracion del esquema de gestion descentralizada; sobre el cual se basara el ejercicio compartido de la gestion educativa (precisandose procesos, roles y funciones por nivel de gobierno) y servira de MORDAZA

PERU

Ministerio de Economia y Finanzas

Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Presidencia Ejecutiva

COMUNICADO Nº 03 -2009-OSCE/PRE
Aplicacion de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), en relacion con lo senalado en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 020-2009, hace de conocimiento de las Entidades, proveedores, usuarios del Sistema de Contrataciones del Estado y de la opinion publica en general, lo siguiente: 1. Los procesos de seleccion cuyas convocatorias se realizaron durante la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y de su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; asi como los contratos que deriven de dichos procesos se regiran por las mencionadas normas. 2. Para los actos preparatorios realizados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Contrataciones del Estado y de su Reglamento, aprobados mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente, debe tenerse en cuenta que: a) Tales actos se rigen por la MORDAZA vigente al momento de su celebracion, ejecucion y/o aprobacion. b) En los casos que se cuente con Bases aprobadas y que no se MORDAZA realizado el MORDAZA de seleccion correspondiente, es decir, que no se MORDAZA producido aun la convocatoria de dicho MORDAZA, aquellas deberan adecuarse y aprobarse conforme a la normativa vigente al momento de la convocatoria del proceso. MORDAZA MORDAZA, marzo de 2009 PRESIDENCIA EJECUTIVA

325660-2

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