Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2009 (10/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de MORDAZA de 2009

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Designan Asesor Ministerial del Despacho

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0374-2009-AG MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, con efectividad al 06 de MORDAZA de 2009, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 345928-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Declaran la extincion del CITE Joyeria Koriwasi
RESOLUCION SUPREMA Nº 072-2009-MINCETUR MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27267 - Ley de Centros de Innovacion Tecnologica, modificada por la Ley Nº 27890, establece los lineamientos para la creacion, desarrollo y gestion de Centros de Innovacion Tecnologica - CITEs, con la finalidad de promover el desarrollo industrial, la artesania, el turismo y la innovacion tecnologica; Que, conforme al articulo 3º de la citada Ley, los CITEs publicos se crean mediante Resolucion Suprema, como proyectos presupuestales, y gozan de autonomia tecnica, financiera, economica y administrativa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 012-2003MINCETUR, publicada el 31 de MORDAZA de 2003, modificada por Resolucion Suprema Nº 027-2003-MINCETUR, publicada el 12 de MORDAZA de 2003, se creo el CITE Turistico Artesanal Joyeria Koriwasi, bajo el ambito del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con sede en el departamento de Cajamarca; Que, el referido CITE, de acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 27267, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272000-ITINCI, vigente a la fecha de su creacion, cuenta con un Consejo Directivo integrado por representantes tanto del sector publico como del sector empresarial vinculados a la actividad del CITE; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2005-MINCETUR, se dicto como MORDAZA especial el Reglamento de los Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo; el cual

dispone en el articulo 16º, literal m, que es atribucion del Consejo Directivo, recomendar a la Oficina Tecnica del CITEs, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la finalizacion de las actividades de los CITEs; Que, asimismo, el articulo 29º del Reglamento citado en el considerando precedente, dispone que el CITE Artesanal y Turistico se extinguira por haber cumplido el objetivo para el cual fue creado o cuando su Consejo Directivo considere que no debe continuar desarrollando actividades; Que, en tal sentido, el Consejo Directivo del CITE Turistico Artesanal Joyeria Koriwasi ha acordado en Sesion del 22 de octubre de 2008, la extincion del CITE, por haberse creado en el departamento de MORDAZA una asociacion civil sin fines de lucro que desarrollara las mismas actividades del referido CITE, creacion que ha respondido al interes e iniciativa del sector privado; Que, en efecto, por Resolucion Viceministerial Nº 0872008-MINCETUR/VMT, se ha otorgado a la Asociacion Civil "Centro de Innovacion Tecnologica Joyeria Koriwasi Cajamarca", la calificacion para operar como CITE de Artesania y Turismo privado; Que, mediante el Informe Nº 21-2009-Abogado-RSA, el Informe Nº 21-2009-Economista/lvp y el Memorandum Nº 186-2009-MINCETUR/OTCITEs, la Oficina Tecnica de CITEs informa que el acuerdo de extincion del CITE Turistico Artesanal Joyeria Koriwasi ha sido adoptado por su Consejo Directivo con quorum mayoritario, y cumpliendo las formalidades necesarias que garantizan su validez, opinando favorablemente por la extincion del CITE; opinion que comparte la asesoria legal del Viceministerio de Turismo, segun Informe Nº 018-2009/Asesora/MCV y el Memorandum Nº 099-2009-MINCETUR/VMT/AL.AMB; Que, la extincion del CITE publico mencionado no generara vacio alguno en la oferta de servicios de innovacion tecnologica, capacitacion, articulacion de la produccion, y facilitacion del acceso de la misma a los mercados, entre otras acciones, de las cuales han venido beneficiandose los artesanos dedicados a la actividad joyera, muchos de los cuales demostrando emprendedurismo y sin apoyo economico del Estado, han creado micro y pequenas empresas en las que se producen joyas artesanales innovadas en calidad y diseno para abastecer a los mercados externo, interno y turistico; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley Nº 27267 - Ley de Centros de Innovacion Tecnologica, modificada por la Ley Nº 27890, el articulo 17º de la Ley Nº 27444, y el articulo 29º del Reglamento de los Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2005-MINCETUR; De acuerdo con el Memorandum Nº 239-2009MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, con efectividad al 30 de MORDAZA de 2009, la extincion del CITE Joyeria Koriwasi, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con sede en el departamento de MORDAZA, creado por Resolucion Suprema Nº 012-2003-MINCETUR, modificada por Resolucion Suprema Nº 027-2003-MINCETUR. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Resolucion Ministerial, en un plazo no mayor de cinco (5) dias designara la Comision de Cierre y Liquidacion del referido CITE. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 346203-2

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