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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de mayo de 2009 395727 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la delegación peruana que acompañará al Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio García Belaúnde, en la Reunión de Coordinadores de la Unión Europea y el Grupo de Río; en la XVI Reunión Ministerial entre la Unión Europea y el Grupo de Río; y en la Reunión Ministerial entre la Unión Europea (Troika) y la Comunidad Andina, las que se realizarán en la ciudad de Praga, República Checa, del 11 al 14 de mayo de 2009, respectivamente: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Antonio Javier Alejandro García Revilla, Subsecretario para Asuntos Multilaterales; • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Luis Valdez Carrillo, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Bélgica; • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Checa. Artículo 2º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Antonio Javier Alejandro García Revilla, y del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Luis Valdez Carrillo, a la ciudad de Praga, República Checa, del 11 al 14 de mayo de 2009, a fi n que participen en las citadas reuniones. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Antonio Javier Alejandro García Revilla, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Antonio Javier Alejandro García Revilla 2,393.94 260.00 4+2 1,560.00 31.00 Artículo 4º.- Los gastos que irrogue el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Luis Valdez Carrillo, serán cubiertos por la Asignación para Gastos de Funcionamiento y Gestión de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica, con cargo a posterior reembolso por parte del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, los mencionados funcionarios diplomáticos deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 6º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 345822-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas de bebidas alcohólicas y de cacao y chocolate RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS NRO. 012-2009/CNB-INDECOPI Lima, 22 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comité Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Bebidas Alcohólicas y b) Cacao y chocolate de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Bebidas Alcohólicas, 02 PNTP, el 09 de diciembre de 2008 b) Cacao y chocolate, 07 PNTP, el 19 de diciembre de 2008 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, mediante el Sistema 2 u Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 15 de febrero de 2009; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de