Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2009 (10/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395731

Que, mediante la Resolucion 043-00-R-V-LS de fecha 8 de MORDAZA de 2000, emitida por LUZ DEL SUR se recepciona las obras del subsistema de distribucion secundaria e instalaciones de alumbrado publico para la Habilitacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA primera etapa, ubicado en el distrito de Ate, Que, mediante Valorizacion Nº 011-2005-SGPUCGDU/MDA de fecha 10 de MORDAZA de 2005, se valorizo el deficit de aporte reglamentario correspondiente a Recreacion Publica de 1,114.97 m2 y por Proyectos y control de obra, ascendente a un monto total de S/. 47,434.15, y con Recibo Nº 0003299267 pagado en la tesoreria de esta Entidad Edilicia acreditan la cancelacion de la mencionada valorizacion, Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 00057 de fecha 28 de agosto de 2007, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate otorga a la empresa Constructora Inmobiliaria MORDAZA SRL un plazo de doce meses para la ejecucion de las obras complementarias de la presente habilitacion MORDAZA correspondiente a la pavimentacion de pistas y veredas, de conformidad con el Plano Nº 155-96-MLMDGO-DHU que fue aprobado mediante Resolucion Nº 290-96-MLM-DMDU de fecha 18 de octubre de 1996. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 3057-2008ED de fecha 13 de noviembre de 2008, el Ministerio de Educacion aprueba la Valorizacion ascendente a la suma de S/ 8,964.64 nuevos soles correspondiente al deficit del aporte para dicha Entidad de 202.72 m2 por el MORDAZA de habilitacion MORDAZA, y con la Factura 001-Nº 003622 pagado en la tesoreria de la mencionada Institucion, la empresa recurrente acredita la cancelacion de dicho aporte reglamentario, Que, mediante Informe Nº 029-2009-JLCHG del 21 de MORDAZA de 2009 se concluye por la procedencia del tramite de Recepcion de Obra al haberse verificado la existencia de los servicios basicos, asi como las pistas, veredas y las rampas para personas con discapacidad; asi tambien la empresa recurrente ha cancelado el deficit de todos los aportes reglamentarios y cumplido con presentar los requisitos estipulados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79° de la ley organica de municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 Art. 75 - Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Construcciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECEPCIONAR las Obras de Habilitacion MORDAZA de la urbanizacion denominada "SANTA MORDAZA 1° ETAPA" seguido por la empresa CONSTRUCTORA INMOBILIARIA MORDAZA S.R.L., para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 10,136.10 m2, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui 1570, Urbanizacion San MORDAZA del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; de conformidad con el Plano signado con el N° 008-2009SGPUC-GDU/MDA que forma parte de la presente Resolucion; segun el siguiente Cuadro de Areas: Area Bruta Total: Area Util: Area de Vias: 10,136.10 m2 7,792.75 m2 2,343.35 m2

Articulo Tercero.- INCORPORAR dentro del radio de jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificado la presente Resolucion; por cuenta de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de su Inscripcion correspondiente; y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 344674-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Dictan normas para el MORDAZA de eleccion de los cinco representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA N° 316-CDLO Los MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 002-2009-MDLO/ CPC-CAL de las Comisiones de Participacion Ciudadana y de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Peru consagra en sus articulos 2º numeral 17 y 31º el derecho de toda persona a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion; siendo derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdiccion; Que, en el Articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 se establece que el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales y esta integrado por el MORDAZA Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA MORDAZA, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdiccion distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le senala la presente Ley; Que, los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de 3 (tres) anos de actividad institucional comprobada. Del mismo modo la eleccion de representantes sera supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, en consecuencia, las personas pueden organizarse para la defensa de sus derechos e intereses, asi como para participar en representacion de la sociedad civil en la gestion del desarrollo local; Que, es conveniente que las organizaciones de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo de su comunidad, ello a traves de los diferentes mecanismos que establecen la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y como un

El area util esta distribuida de la siguiente manera: MANZANA CANTIDAD DE NUMERACION LOTES A 26 1 al 26 B 27 1 al 27 TOTAL 53 AREA 3,882.35 m2 3,910.40 m2 7,792.75 m2

Articulo Segundo.- DISPONER, el levantamiento de la carga senalada en el articulo tercero de la Resolucion Nº 290-96-MLM-DMDU al haber acreditado la empresa recurrente la cancelacion de todos los aportes reglamentarios.

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