Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2009 (10/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395725

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia a favor del Gobierno departamento de destinada a financiar FORSUR de partidas Regional del Huancavelica acciones del

DECRETO SUPREMO Nº 105-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29078 y modificatorias, se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto del 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007PCM y sus ampliaciones; Que, el FORSUR ha elaborado el "Plan de Reconstruccion del Sur" con el objetivo de lograr la reconstruccion economica, social y ambiental de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, el cual servira de guia y herramienta articuladora de las acciones que se han propuesto ejecutar las distintas instancias de los Gobiernos Nacional, Regional y Local, las organizaciones privadas y las asociaciones de pobladores, con el proposito de restituir la infraestructura publica danada por los sismos del 15 de agosto del 2007; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 005-2009 se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y facilitar la ejecucion inmediata de los proyectos que son declarados de necesidad nacional segun el articulo 2° y el Anexo del citado Decreto de Urgencia, los cuales forman parte del Plan de Reconstruccion del Sur, y se autoriza un Credito Suplementario en el Sector Publico para el ano fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 146 260 000,00, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto del 2007, a favor del pliego Ministerio de Economia y Finanzas -Reserva de Contingencia, para el financiamiento de los proyectos declarados prioritarios conforme a dicha norma; Que, asimismo, el articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 005-2009 autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a efectuar en el MORDAZA del articulo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias de recursos directamente a las Unidades Ejecutoras de los proyectos declarados prioritarios, con cargo a los recursos del Credito Suplementario autorizado por dicha MORDAZA, previa solicitud de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual para tal efecto remite un informe que especifique las Unidades Ejecutoras de los proyectos y los montos correspondientes, conforme al mencionado Anexo; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 046-2009, se dictan medidas modificatorias y complementarias al Decreto de Urgencia N° 005-2009 asi como otras medidas, a fin de mejorar el avance de la inversion publica a favor de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007; Que, el articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 0462009, modifica el Anexo "Obras priorizadas a ejecutar via D.U." del Decreto de Urgencia N° 005-2009, por la relacion comprendida en el Anexo que forma parte del citado Decreto de Urgencia; Que, en este sentido, en aplicacion del articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 005-2009, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Oficio N° 6992009-PCM/DM solicita una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos del FORSUR previstos en la Reserva de Contingencia, a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica;

Que, la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economia y Finanzas tiene previsto los recursos para dar atencion a los gastos senalados en los considerandos precedentes, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, aprobado por la Ley Nº 29289, a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo hasta por la suma de S/. 2 976 382,00; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 976 382,00), conforme a la relacion establecida en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 2 976 382,00 -----------------TOTAL 2 976 382,00 ========== A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisicion de Activos no financieros 2 976 382,00 -----------------TOTAL 2 976 382,00 ========== SECCION PRIMERA PLIEGO

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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