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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (11/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de noviembre de 2009 405893 de trámites, identifi cando los más frecuentes, a efecto de reducir sus componentes y tiempo que demanda realizarlos, así como implementar ventanillas únicas de atención al ciudadano, promover la aplicación del silencio administrativo, simplifi car la comunicación entre los órganos de línea, promoviendo el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en las distintas entidades públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2006-PCM, se crea el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), adscrito al Portal de Estado Peruano, en el cual se ofrecen los servicios en línea más frecuentes identifi cados por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 019-2007-PCM, se establece el uso de la Ventanilla Única del Estado a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y se crea el Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV); Que, mediante Resolución Ministerial N° 381-2008- PCM se aprueban los lineamientos y mecanismos para implementar la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información entre las entidades del Estado, y se defi ne la plataforma de interoperabilidad del Gobierno Electrónico del Estado Peruano como el sistema de políticas, lineamientos y especifi caciones que defi nen los estándares empleados por el Estado Peruano que permite de manera efectiva la interoperabilidad de los servicios electrónicos de las distintas entidades de la administración pública; Que, el artículo 76º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las relaciones del Estado se rigen bajo el criterio de colaboración, debiendo proporcionar directamente los datos e información que posean, sea cual fuere su naturaleza jurídica o posición institucional, a través de cualquier medio, sin más limitación que la establecida por la Constitución o la ley, para lo cual se propenderá a la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información, u otros medios similares; Que, el artículo 49º del Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros establece que la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros, es el órgano especializado que depende jerárquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargado de implementar la Política Nacional de Gobierno Electrónico e Informática, supervisar su implementación, así como formular propuestas para impulsar el proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la mejora de la gestión pública y modernización del Estado promoviendo la integración tecnológica; Que, la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico e Informática, contempla entre sus acciones, el desarrollo de sistemas de aplicación común en la administración pública, y el desarrollo de la plataforma de interoperabilidad del Estado; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha identifi cado a los siete (7) trámites más frecuentes que la administración pública brinda, a los que busca automatizar mediante el uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC), por lo que considera necesaria la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargue de implementar la Red Transaccional del Estado, el cual estará conformado por las entidades que brindan los servicios identifi cados; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Nº 27658, Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 057-2008-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de implementar la Red Transaccional del Estado Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de implementar la Red Transaccional del Estado para servicios públicos en línea, el cual estará adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2º.- Objetivo del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante el artículo 1º, tendrá como objetivo implementar al 31 de julio de 2010 la Red Transaccional del Estado, en el marco de la simplifi cación administrativa, con los primeros siete servicios públicos más demandados, identifi cados por la Presidencia del Consejo de Ministros como: 1. Duplicado de Documento Nacional de Identidad; 2. Obtención de antecedentes penales; 3. Obtención de antecedentes policiales; 4. Emisión de licencia de conducir; 5. Consulta de grados y títulos; 6. Emisión de pasaporte; y, 7. Constitución de empresas en línea. La Red Transaccional del Estado permitirá que las entidades públicas, instituciones privadas y ciudadanos en general, puedan realizar dichos trámites y operaciones en línea. Artículo 3º.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por: 1. El Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), quien tendrá el cargo de Coordinador; 2. Un representante del Programa de Modernización y Descentralización del Estado (PMDE), quien actuará como Secretario Técnico; 3. Un representante de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); 4. Un representante del Ministerio del Interior (MININTER); 5. Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC); 6. Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); 7. Un representante de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP); 8. Un representante de la Dirección General de Migraciones (DIGEMIN); 9. Un representante del Instituto Nacional Penitenciario (INPE); y, 10. Un representante del Banco de la Nación (BN). El Grupo de Trabajo Multisectorial podrá contar con el concurso y participación de funcionarios y especialistas de otras entidades o empresas públicas de cualquier nivel de gobierno y/o de instituciones privadas, los que podrán ser convocados en cualquier etapa de la implementación de su objetivo. Artículo 4º.- Designación de los miembros del Grupo de Trabajo La designación de los miembros integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial se realizará mediante Ofi cio del Ministerio o entidad a la que representen, dirigido al Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática, en un plazo de cinco (5) días de publicada la presente resolución. Artículo 5º.-.Operatividad del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial propondrá a nivel de las entidades involucradas en la implementación de la Red Transaccional del Estado, la provisión de los procedimientos, directivas, y recursos que sean necesarios para alcanzar su objetivo. Las entidades representadas en el Grupo de Trabajo Multisectorial y las demás instituciones y entidades que se convoquen, establecerán los mecanismos adecuados para lograr el intercambio fl uido de información y datos entre ellas con el objeto de garantizar la implementación de la Red Transaccional del Estado. Artículo 6º.- Duración del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante el artículo primero, estará en funciones hasta julio de 2010. Artículo 7º.- Instalación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial deberá ser instalado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8°.- Aprobación del Plan de Trabajo del Grupo de Trabajo Multisectorial. En un plazo que no excederá a los veinticinco (25) días de instalado, el Grupo de Trabajo Multisectorial aprobará su Plan de Trabajo con el detalle de las actividades y