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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de noviembre de 2009 405904 VISTOS: El Ofi cio N° 1816-2009-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando el Informe Nº 193- 2009-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación; y; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 316-2008-CE-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2008, se reubicó la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima Este al Distrito de Ate, creándose asimismo la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de ocho meses, en tanto se dispone el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; Segundo: Que, en esa dirección se estableció que la competencia territorial del citado órgano jurisdiccional comprendería a los Distritos de Ate, Chaclacayo, Lurigancho (Chosica), Santa Anita, de la Provincia de Lima y la Provincia de Huarochirí, ambas del Departamento de Lima; Tercero: Que, la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate viene atendiendo a un total de 1,042.080 habitantes y en su jurisdicción funcionan nueve Juzgados Especializados y Mixtos y once Juzgados de Paz Letrado; Cuarto: En esa perspectiva, es del caso precisar que la referida Sala Mixta durante el período comprendido de marzo a setiembre del año en curso, ha tenido un ingreso de 355 expedientes de los cuales ha resuelto el 30%, con carga pendiente ascendente a 247 expedientes; observándose asimismo, un incremento en los ingresos mensuales de 30 a 50 expedientes en los últimos meses; Quinto: Que, siendo así, y estando al contenido del análisis estadístico detallado en el Informe Nº 193- 2009-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, que evidencian el elevado volumen de carga procesal de los nueve Juzgados de los Distritos de Ate, Chaclacayo, Lurigancho (Chosica) y Huarochirí, y teniendo en cuenta el futuro funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; resulta conveniente prorrogar el funcionamiento de la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima, por el plazo de seis meses; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Javier Villa Stein y Jorge Alfredo Solís Espinoza, por encontrarse de de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, el funcionamiento de Ia Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima, por el plazo de seis meses, con efectividad desde el 01 de los corrientes. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Interior, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 420954-1 Aceptan renuncia al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, que venía desempeñándose como Juez Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 365-2009-CE-PJ Lima, 4 de noviembre de 2009 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el señor Héctor Valentín Rojas Maraví, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien venía desempeñándose como Juez Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, con certifi cación de fi rma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Héctor Valentín Rojas Maraví formula renuncia a la carrera judicial en el cargo de Juez del Poder Judicial, precisando que se ha venido desempeñando en la condición de Juez Supremo Provisional desde el 02 de enero de 2006, y en la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, la misma que integra desde el año 2008; solicitando que la misma se haga efectiva a partir del 02 de noviembre del presente año; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial; Tercero: Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado de este Poder del Estado; precisándose asimismo, que habiendo laborado inclusive el 02 de noviembre del presente año, corresponde que la renuncia del señor Héctor Valentín Rojas Maraví sea aceptada a partir del 03 de los corrientes; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Javier Villa Stein y Jorge Alfredo Solís Espinoza, por encontrarse de de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 03 de noviembre del año en curso, la renuncia formulada por el señor Héctor Valentín Rojas Maraví al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien venía desempeñándose como Juez Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 420954-2