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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (12/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de noviembre de 2009 405921 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de viabilizar la implementación del proyecto Mejor Atención al Ciudadano, Micro y Pequeño Empresario - MACMYPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 465-2009-PCM Lima, 10 de noviembre de 2009 Visto, el Memorándum Núm. 642-2009-PCM-SGP de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley Núm. 27658- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, defi ne como la fi nalidad del proceso de modernización del Estado peruano, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, la Ley Núm. 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en el artículo II de su Título Preliminar el Principio de Servicio al Ciudadano, el cual dicta que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función a sus necesidades, así como del interés general de la nación, todo ello en concordancia con el Principio de Inclusión y Equidad, por el cual el Poder Ejecutivo procura priorizar su labor en benefi cio de los sectores menos favorecidos. De igual forma, el artículo 17° de la Ley Núm. 29158 señala que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 4° de la Ley Núm. 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, le confi ere al Poder Ejecutivo competencia exclusiva en el diseño y la supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; disponiéndose para la formulación de las mismas, el establecimiento de mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades según requiera o corresponda a la naturaleza de cada política, y una vez aprobados, su cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado y en todos los niveles de gobierno. Señala asimismo, que las políticas nacionales conforman la política general de gobierno; Que, el artículo 19° de la Ley Núm. 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que al Presidente del Consejo de Ministros, le corresponde, la formulación, aprobación y ejecución de las políticas nacionales de modernización de la Administración Pública, así como coordinar y dirigir la modernización del Estado, ámbito al que corresponde la materia de simplifi cación administrativa; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo 027-2007- PCM, defi ne cinco políticas nacionales en materia de simplifi cación administrativa: promover la permanente y adecuada simplifi cación de trámites, identifi cando los más frecuentes, a efecto de reducir sus componentes y el tiempo que demanda realizarlos; implementar ventanillas únicas de atención al ciudadano; promover la aplicación del silencio administrativo positivo en los procedimientos administrativos de las entidades del Gobierno Nacional; simplifi car la comunicación entre los órganos de línea, suprimiendo las comisiones, secretarías o instancias intermediarias ajenas a la celeridad y la efi cacia de la función pública; y, promover el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) en las distintas entidades públicas; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión Pública, en el marco del Programa de Modernización y Descentralización del Estado, ha adoptado la estrategia de Mejor Atención al Ciudadano – MAC para la implementación de ventanillas únicas de atención al ciudadano, por lo que antes de adoptar la política nacional correspondiente ha visto por pertinente la validación de tal estrategia en proyectos piloto, habiéndose diseñando para ello el Proyecto MACMYPE como unidades de atención de servicios públicos integrados para la atención de trámites para las micro y pequeñas empresas MYPE, en sus modalidades fi ja e itinerantes; etapa realizada en coordinación con las entidades participantes en la oferta de servicios, tanto del Poder Ejecutivo, como Organismos Autónomos y Gobiernos Locales, siendo necesario continuar con la etapa de implementación; Que, en este contexto bajo el liderazgo de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Secretaría de Gestión Pública requiere constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial, con la participación de todas las entidades relacionadas a la oferta de servicios a ser puesta a disposición en el centro integrado de atención de trámites MACMYPE, a efectos de viabilizar la ejecución del proyecto, en términos legales, procedimentales y tecnológicos, según las características aprobadas en términos de plazo, costo y alcance; Que, en tal sentido, resulta conveniente conformar el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de viabilizar la implementación del proyecto Mejor Atención al Ciudadano, Micro y Pequeño Empresario – MACMYPE; De conformidad con el artículo 35º de la Ley Núm. 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5º del Decreto Ley Núm. 21292; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Creación Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de viabilizar la implementación del proyecto Mejor Atención al Ciudadano, Micro y Pequeño Empresario – MACMYPE, ejecutado por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco del Programa de Modernización y Descentralización del Estado. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de su Secretaría de Gestión Pública. Artículo 2°.- Conformación El Grupo de Trabajo Multisectorial será integrado por los siguientes representantes: a) Un representante de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien tendrá a su cargo la Coordinación General. b) El Gerente del Proyecto MAC del Programa de Modernización y Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, que actuará como Secretario Técnico. c) Un representante de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros, d) Un representante del Ministerio de la Producción, e) Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, f) Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, g) Un representante de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, h) Un representante del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, i) Un representante del Banco de la Nación,