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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de noviembre de 2009 405934 se ha determinado que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demás normas complementarias, por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1115-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demás normas complementarias; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor del señor JOSE MERCEDES GORDILLO MORA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DAVID ALONSO de matrícula PL-10601-CM, otorgado mediante Resolución de Dirección Regional Sectorial Nº 056- 2000-CTAR-LAMB/DRPE, para la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto y el recurso sardina con destino al consumo humano, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El permiso de pesca a que se refi ere al Artículo 1º de la presente Resolución deberá ejercerse conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera DAVID ALONSO de matrícula PL-10601-CM, otorgado al señor FLORENTINO GORDILLO BELLO mediante Resolución de Dirección Regional Sectorial Nº 056-2000-CTAR- LAMB/DRPE. Artículo 4°.- Incorporar al señor JOSE MERCEDES GORDILLO MORA, como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera DAVID ALONSO de matrícula PL-10601-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo del mismo al señor FLORENTINO GORDILLO BELLO. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 420966-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 840-2009-PRODUCE/DGEPP 27 de octubre de 2009 Vistos en los escritos de Registro N° 00067064-2009 y adjunto 1, 2 y 3, de fechas 25 de agosto, 22 de septiembre, 13 y 16 de octubre del 2009, presentado por los señores CARLO ROMY ROMAN CORBACHO y su conyugue ANA CECILIA ORTIZ FARJE y SERGIO MAURICIO ROMAN CORBACHO y su conyugue EVELIA ODILIA VICTORIA VERA FERNANDEZ DAVILA. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 003-99-CTAR-LAMB/DRPE de fecha 27 de enero de 1999, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero JULIO ANTONIO RUBIO URBINA, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “DON ROLO” de matrícula PL-4326-BM, con 38.00 m3 de capacidad de bodega, utilizando como sistema de preservación cajas con hielo, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto, utilizando red de cerco como tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 235-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto del 2003, se amplió el permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 003-99-CTAR-LAMB/ DRPE al armador JULIO ANTONIO RUBIO URBINA, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “DON ROLO” de matrícula PL-4326-CM, de 38.00 m3 de capacidad de bodega, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, empleando como arte de pesca red de cerco con longitud mínima de malla de 1½ pulgada (38 mm), para la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 494-2007- PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre de 2007, se caducó el permiso de pesca, entre otros, de la embarcación pesquera “DON ROLO” de matrícula PL-4326-CM, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; Que, los artículos 1º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano; Que, a la fecha la embarcación pesquera “DON ROLO” de matrícula PL-4326-CM de 38.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto; Que, mediante los escritos del visto, los señores CARLO ROMY ROMAN CORBACHO y SERGIO MAURICIO ROMAN CORBACHO, solicitaron el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “DON ROLO” de matrícula PL-4326-CM, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcación a través del Certifi cado Compendioso de Dominio de