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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (21/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de noviembre de 2009 406357 Departamento Apurímac Provincia Andahuaylas Nombre del elemento arqueo- lógico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Baltazar Pata Santa María de Chicmo 660965 8491382 660738 8491016 Departamento Apurímac Provincia Chincheros Nombre del elemento arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Torrechayoq Ocobamba 662211 8512381 661984 8512014 Departamento Apurímac Provincia Grau Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cacasiqui Mariscal Gamarra 770307 8467936 770079 8467570 Cuncuhuiri Mariscal Gamarra 763384 8470480 763156 8470114 Cerro Coyvillie Mariscal Gamarra 764046 8472915 763818 8472549 Orcopata Mariscal Gamarra 768813 8465712 768585 8465346 Departamento Apurímac Provincia Abancay Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Utaparo Curahuasi 774528 8474797 774300 8474431 Departamento Apurímac Provincia Andahuaylas Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Yahuari I Santa María de Chicmo 659010 8490888 658783 8490522 Huarajo Jata Santa María de Chicmo 658891 8491558 658664 8491192 Saywamoqo Santa María de Chicmo 662181 8492424 661954 8492058 Cori Pata Santa María de Chicmo 660375 8491338 660148 8490972 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Apurímac la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 424919-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1745/INC Lima, 17 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1689-2009-SDIC-DA/ DREPH/ INC, de fecha 24 de agosto de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico Huerequeque, ubicado en el distrito de Buena Vista, provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, mediante Informe Nº 1693-2009-SDIC-DA/ DREPH/ INC, de fecha 24 de agosto de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico El Purgatorio, ubicado en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, mediante Acuerdo Nº 0713, de fecha 28 de agosto de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: El Purgatorio y Huerequeque, ubicados en la provincia de Casma, departamento de Ancash; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Ancash Provincia Casma Nombre de la zona arqueológica monumental Distrito Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte El Purgatorio Casma 0805381 8945477 Huerequeque Buena Vista 0810427 8963132 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Ancash la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 424919-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1746/INC Lima, 17 de noviembre de 2009