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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de noviembre de 2009 406339 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 660-2007- MTC/03, publicada con fecha 17 de noviembre de 2007, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN la realización del Concurso Público de Ofertas para seleccionar al operador al que se le otorgará en concesión la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda de 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque y en la Banda de 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional; Que, mediante Resolución Suprema Nº 111-2007- EF, publicada con fecha 4 de diciembre de 2007, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 20 de noviembre de 2007, por el cual se acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión Privada la entrega en concesión de la prestación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2 668 - 2 692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque y en la Banda de 2 668 - 2 690 MHz en el resto del territorio nacional, y se encargó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos la conducción del proceso; Que, mediante Resolución Suprema N 056-2008- EF, publicada con fecha 14 de junio de 2008, se ratifi có el acuerdo adoptado por el consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 29 de abril de 2008, por el cual se acordó la aprobación del Plan de Promoción para la entrega en concesión de la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2 668 - 2 692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque; y en la Banda 2 668 - 2 690 MHz en el resto del territorio nacional; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN del 6 de mayo de 2009 se asignó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos - PROCONECTIVIDAD la conducción del proceso de promoción de la Licitación Pública Especial para entregar en concesión la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque; y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional; Que, en acto público realizado el 6 de agosto de 2009, se adjudicó la Buena Pro de la Licitación Pública Especial para la Concesión de la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional, al Consorcio BWDC-METSANCO, quien ha constituido la sociedad concesionaria denominada YOTA DEL PERÚ S.A.C. quien actuará como contraparte del Estado de la República del Perú, quien a su vez actuará a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Contrato de Concesión para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque; y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 28 de agosto de 2009, se acordó autorizar el otorgamiento, mediante contrato, de la garantía del Estado de la República del Perú en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión para la prestación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque, y en la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional, a celebrarse con la sociedad concesionaria a ser constituida por los integrantes del Consorcio BWDC-METSANCO, adjudicatario de la buena pro de la Licitación Pública Especial para la entrega en concesión de la prestación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque, y en la Banda 2668 - 2 690 MHz en el resto del territorio nacional; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, modifi cado por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, concordante con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas jurídicas que realicen inversiones bajo el marco de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, la garantía del Estado en respaldo a las obligaciones; declaraciones y seguridades que se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislación vigente; Que, en virtud de lo antes expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencias en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque, y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional a favor del a empresa YOTA DEL PERU S.A.C. quien suscribirá el indicado contrato de concesión; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, norma complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Declaraciones y seguridades Otórguese mediante contrato, la garantía del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones en la Banda 2668 - 2692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque, y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional, a celebrarse con YOTA DEL PERU S.A.C. sociedad constituida por el Consorcio BWDC-METSANCO adjudicatario de la buena pro de la Licitación Pública Especial para la entrega en Concesión de la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones en la Banda 2 668 - 2 692 MHz en la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Trujillo y el departamento de Lambayeque, y la Banda 2668 - 2690 MHz en el resto del territorio nacional, conducido por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. Artículo 2º.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de la garantía a que se refi ere el artículo precedente, será la que determine el respectivo contrato, observándose lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia