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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (21/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de noviembre de 2009 406344 calendario de aplicación progresiva del Código Procesal Penal, que fuera aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, manteniendo del año 2010 hacia adelante dos fases por año; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la modifi cación del citado Calendario Ofi cial, sin que esto implique una afectación para la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales en los que ya se viene aplicando dicho Código; y, De conformidad con el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el inciso 3 del artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 958, la Ley Nº 28671, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Calendario Ofi cial de la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS Modifícase el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, formulado por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, quedando de la siguiente manera: Año 2009: Primera Fase: Distritos Judiciales de Tumbes, Piura y Lambayeque. Segunda Fase: Distritos Judiciales de Puno, Cusco y Madre de Dios. Tercera Fase: Distritos Judiciales de Ica y Cañete. Año 2010: Primera Fase: Distritos Judiciales de Cajamarca, Amazonas y San Martín. Segunda Fase: Distritos Judiciales de Ancash y Santa. Año 2011: Primera Fase: Distritos Judiciales de Ayacucho, Huancavelica y Apurímac. Segunda Fase: Distritos Judiciales de Huánuco, Pasco y Junín. Año 2012: Primera Fase: Distritos Judiciales de Ucayali y Loreto. Segunda Fase: Distritos Judiciales de Callao, Lima Norte y Lima. Artículo 2º.- Secuencia del cronograma En la primera fase, el Código Procesal Penal entrará en vigencia el 1 de abril de cada año en el Distrito Judicial correspondiente; en la segunda fase, el citado Código entrará en vigencia el 1 de octubre del respectivo año; y, en el caso del año 2009, en la tercera fase, el Código entrará en vigencia el 1 de diciembre. Artículo 3º.- De las modifi caciones en el calendario La Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, de acuerdo con el monitoreo, la evaluación y los resultados obtenidos de la implementación, podrá proponer, si lo estima necesario, modifi caciones en el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Artículo 4º.- Aspectos presupuestales La ejecución de las acciones de implementación del Código Procesal Penal en los distritos judiciales de Ica y Cañete, correspondientes a la Tercera Fase del Año 2009, se sujetará a los recursos autorizados en los presupuestos institucionales de los pliegos respectivos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Justicia, el Ministro del Interior y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 426023-4 Aprueban Addendum a Convenio entre el INPE y la Organización Internacional para las Migraciones para el “Fortalecimiento de la Gestión Institucional del Ministerio de Justicia” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 266-2009-JUS Lima, 20 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 132-2009- JUS, de fecha 12 de junio de 2009, se aprobó el Convenio de Administración de Recursos suscrito entre el Instituto Nacional Penitenciario y la Organización Internacional para las Migraciones - OIM, que tiene por fi nalidad buscar el desarrollo de capacidades técnicas e institucionales en benefi cio de la población penitenciaria existente en los diversos establecimientos penitenciarios del Perú; Que, a fi n de lograr los objetivos trazados entre ambas instituciones, mediante «Addendum Nº 001- 2009 entre el Instituto Nacional Penitenciario y la Organización Internacional para las Migraciones para el “Fortalecimiento de la Gestión Institucional del Ministerio de Justicia”», de fecha 30 de octubre de 2009 se amplió la vigencia del citado Convenio hasta el 31 de diciembre de 2010, a fi n de encargar a la Organización Internacional para las Migraciones - OIM la adquisición de vehículos y la ejecución de la obra “Construcción de la Colonia Penal de Shumba” en Jaén y su respectiva supervisión; Que, mediante Ofi cio Nº 794-2009-INPE/07 e Informe Nº 103-2009-INPE/11.OPP, la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario y el Área de Presupuesto de la Ofi cina de Infraestructura Penitenciaria del Instituto Nacional Penitenciario, respectivamente han certifi cado la existencia de crédito presupuestario que sustentan la suscripción de la adenda mencionada; Que, mediante Informe Nº 004-2009-INPE/09, el Director General de la Oficina General de Administración del INPE sustenta las ventajas y beneficios que implica la suscripción de la adenda a fin de realizar actividades comprendidas en el Plan Operativo de la Institución para los períodos fiscales 2009 y 2010; Que, la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, autoriza a las Entidades del Gobierno Nacional a suscribir convenios de administración de recursos, compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos, los mismos que deben ser aprobados por resolución suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. Dicha norma señala que tal procedimiento se emplea también para el caso de adendas que amplíen su vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente;