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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de noviembre de 2009 406813 Que, el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29291 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que cuando de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, contemplada en el artículo 1º de la referida Ley, resulta necesario hacer modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplicará el procedimiento establecido en el numeral 4.1 del citado artículo, es decir que dichas modifi caciones se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, requiere de una mayor cobertura presupuestal por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito con fi nanciamiento del Banco Interamericano de Desarrollo por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 641,00) para el Proyecto “Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta (Ceratitis Capitata) en la Costa Peruana” con el propósito de ejecutar algunas actividades fi nales conducentes al logro del objetivo del proyecto, como obtener y mantener áreas libres de ceratitis capitata en los valles seleccionados de la Costa y reducir las pérdidas económicas por moscas de la fruta. Que, teniendo en cuenta los resultados de la segunda evaluación de cartera de las inversiones con la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito realizada por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público se determinó la existencia de disponibilidad presupuestaria en el Proyecto “Pasos de Frontera Desaguadero (Perú – Bolivia)” que se encuentra a cargo del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante el Ofi cio OF. RE (PPT) N° 2-9-B/132 el Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores ha opinado favorablemente para efectuar la transferencia de partidas del proyecto “Paso de Frontera Desaguadero (Perú Bolivia) y Componentes Transversales en el marco del Programa Pasos de Frontera Perú-IIRSA”, fi nanciado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID según Contrato de Préstamo N° 1836/OC-PE a favor del proyecto “Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta (Ceratitis Capitata) de la Costa Peruana” a cargo del Pliego 160 Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, fi nanciado por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID según el Contrato de Préstamo N° 1647/OC-PE por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 641,00); De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29291 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por el monto de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 641,00), para el proyecto “Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta (Ceratitis Capitata) de la Costa Peruana”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Relaciones Exteriores – Secretaría de Administración FUNCIÓN 02 : Relaciones Exteriores PROGRAMA FUNCIONAL 002 : Servicio Diplomático SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0002 : Servicio Diplomático PROYECTO 058983 : Pasos de Frontera Desaguadero (Perú Bolivia) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 350 641,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 350 641,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 160 : Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA UNIDAD EJECUTORA 002 : Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria – PRODESA FUNCIÓN 10 : Agropecuaria PROGRAMA FUNCIONAL 023 : Agrario SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0046 : Protección Sanitaria Vegetal PROYECTO 022258 : Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta Ceratitis Capitata de la Costa Peruana FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 350 641,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 350 641,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas, se realizarán en anexos, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específi ca; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.. 2.4 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 429243-4 Autorizan Transferencias de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para financiar proyectos de inversión del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos DECRETO SUPREMO Nº 268-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA