TEXTO PAGINA: 2
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de octubre de 2009 404216 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran Duelo Nacional el día 11 de octubre del 2009 con motivo del sensible deceso del señor Arturo “Zambo” Cavero Velásquez DECRETO SUPREMO Nº 066-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el día de hoy 9 de octubre de 2009, ha fallecido el reconocido cantante de música criolla Arturo “Zambo” Cavero Velásquez, patrimonio cultural del Perú y de América, considerado uno de los más notables representantes del arte nacional y símbolo de la peruanidad; Que, Arturo “Zambo” Cavero Velásquez no sólo ha sido reconocido en nuestro país sino que fue honrado por la Organización de los Estados Americanos (OEA) por su gran mérito y contribución en lograr que nuestra música criolla obtenga una presencia sólida en el continente americano y en el mundo entero; Que, el Gobierno Constitucional de la República del Perú, recogiendo el profundo pesar que embarga al país por tan sentida desaparición, desea honrar y exaltar la memoria de tan ilustre peruano; De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase Duelo Nacional el día 11 de octubre de 2009, con motivo del sensible deceso del señor Arturo “Zambo” Cavero Velásquez. Artículo 2º.- Dispóngase que en el día declarado como Duelo Nacional, el Pabellón Nacional sea izado a media asta en todos los edifi cios públicos, instalaciones militares, bases, buques, locales policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio nacional así como en las misiones diplomáticas, consulares y representaciones permanentes del Perú en el exterior. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo entra en vigencia el día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 407862-1 AGRICULTURA Designan Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2009-AG Lima, 8 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2007- AG se designó al señor Juan José Marcelo Risi Carbone como Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Ing. Juan José Marcelo Risi Carbone como Jefe del Instituto Nacional de Innovación, Agraria - INIA, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al señor Ing. César Alberto Paredes Piana como Jefe del Instituto Nacional de Innovación, Agraria - INIA, del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 407794-3 EDUCACION Aprueban la Directiva Nº 065-2009- ME/VMGI “Normas para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo de los Locales de las Instituciones Educativas Públicas a nivel nacional - 2010, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 092-2009” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0293-2009-ED Lima, 9 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 092-2009 se autoriza al Ministerio de Educación en el presente Año Fiscal 2009, a adelantar el fi nanciamiento y la ejecución de las acciones pertinentes del Programa de Mantenimiento Preventivo 2010, a fi n de facilitar el inicio de los trabajos a partir del mes de octubre de 2009 y contar con la infraestructura y mobiliario de los locales escolares en condiciones adecuadas de salubridad, seguridad y conservación para el inicio del Año Lectivo 2010; Que, el artículo 2º del precitado Decreto de Urgencia establece que los desembolsos de los recursos asignados para las acciones de mantenimiento preventivo, serán efectuados a través del Banco de la Nación, mediante la apertura de una cuenta a nombre de cada director responsable de la Institución Educativa Pública, o quien para estos efectos haga sus veces; para lo cual deberá haber cumplido con la presentación del Formato Nº 02 “Declaración de Gastos” por los fondos otorgados para el Programa de Mantenimiento Preventivo 2009 ante su respectiva instancia de dependencia y ésta haya sido procesada en el aplicativo de Mantenimiento Preventivo, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2009-VMGI/ OINFE. Para tal efecto, la Dirección Nacional del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas queda encargada de autorizar la apertura de las respectivas cuentas en el Banco de la Nación, de acuerdo con la información contenida en la Base de Datos a ser suministrada por el Ministerio de Educación; Que, asimismo, el indicado artículo señala que la referida Base de Datos deberá ser aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego del Ministerio de Educación, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y contener, entre otros datos necesarios, la identifi cación de la Institución Educativa Pública, y los nombres, apellidos y DNI del Director, o de quien haga sus veces, responsable del manejo de la mencionada cuenta, así como los montos correspondientes a cada Institución Educativa Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-ED se aprueba la relación de instituciones educativas públicas que requieren mantenimiento preventivo;