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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de octubre de 2009 404218 Aceptan donación efectuada por la CAF a favor del Ministerio para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009-2011” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1392/RE Lima, 2 de octubre de 2009 VISTOS: El Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable suscrito el 02 de julio de 2009 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Corporación Andina de Fomento – CAF, para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 – 2011”. El Memorándum (TES) Nº TES0572/2009 del Departamento de Tesorería de 03 de setiembre de 2009, mediante el cual comunica que la Corporación Andina de Fomento – CAF ha efectuado el depósito del Cheque Nº 06236259 del Banco Continental a la orden del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el importe de VEINTIDOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 35/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 22,142.35), equivalente a SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64,656.00), en la cuenta corriente Nº 133-3000005246, Cuenta de Donaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; El Memorándum (DGL) Nº 1312 de la Dirección General de Asuntos Legales de 11 de setiembre de 2009, mediante el cual informa que la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento – CAF, constituyen recursos diferentes a los que provienen de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, debiendo ser aprobadas mediante Resolución Ministerial, conforme lo establecido por el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, resulta necesario aceptar la donación de la Corporación Andina de Fomento – CAF, por el monto de SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64,656.00), para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 – 2011”; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto referido a las Donaciones, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, asimismo, el artículo establece que en el caso de que el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias la referida Resolución se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0091/RE de 22 de enero 2009, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2009, del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad, Proyecto, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, uno de los supuestos para que la incorporación de mayores recursos públicos sean aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, se encuentra previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a aquellas que provienen de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, de acuerdo al literal i) del numeral 4.1 del artículo 4º del Anexo Nº 1, de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, procede la incorporación de mayores fondos públicos establecidos en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que fi nancian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de fi nanciamiento del Presupuesto Institucional y consideradas en las proyecciones fi nancieras de los ingresos que efectúe el Pliego que muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados; Que, en consecuencia es necesario incorporar al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores del Ejercicio 2009, la donación de la Corporación Andina de Fomento por el importe de SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64,656.00); Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Legales, de la Dirección General de Administración y de la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento – CAF a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores por el importe de SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64,656.00), para brindar asistencia en la “Primera Reunión de Embajadores del Perú Acreditados en el Exterior: Diálogo sobre Política Exterior y Recomendaciones para el período 2009 – 2011” Artículo 2º.- Autorízase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64,656.00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1.4.1 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.4.1 2 DE ORGANISMOS INTERNACIONALES 1.4.1 2.1 INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES 1.4.1 2.1 5 CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO - CAF 64 656,00 TOTAL INGRESOS 64 656.00 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 008 : MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES UNIDAD EJECUTORA 001 : MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES FUNCIÓN 02 : RELACIONES EXTERIORES PROGRAMA FUNCIONAL 006 : GESTIÓN SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0007 : DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN SUPERIOR ACTIVIDAD 000110 :CONDUCCIÓN Y ORIENTACIÓN SUPERIOR FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS (En Nuevos Soles) GASTOS CORRIENTES 2.3 BIENES Y SERVICIOS 64 656.00 TOTAL EGRESOS 64 656.00 Artículo 3º.- La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Agradecer a la Corporación Andina de Fomento por la donación otorgada a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.