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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de octubre de 2009 404267 de la concesión y las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuarán por concurso público de ofertas, cuando ello se señale en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (en adelante PNAF); Que, asimismo, el artículo 203 del Reglamento establece que la asignación del espectro radioeléctrico en las bandas identifi cadas para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y atribuidas a título primario, se realizará mediante concurso público en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao; Que, por su parte, el artículo 159 del Reglamento, dispone que mediante resolución del titular del Ministerio se podrá, para casos específi cos, encargar a otra entidad la conducción del concurso público de ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprobó el PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico; Que, la Nota P99 del PNAF establece que la asignación y/o el otorgamiento de concesión de las bandas de 10,15 - 10,30 GHz y 10,50 - 10,65 GHz, atribuidas a título primario, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico, en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, se debe realizar por concurso público de ofertas; Que, las referidas bandas cuentan con el potencial para la implementación de soluciones en banda ancha, para el despliegue de redes a gran escala, a fi n de ofrecer servicios tales como voz, datos video, redes de área local y servicios de Internet, empaquetados sobre una misma plataforma; Que, considerando el potencial de las bandas de 10,15 - 10,30 GHz y 10,50 - 10,65 GHz y que mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, que incorpora el Título I “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2008-MTC, se establecieron metas de expansión de los servicios de telecomunicaciones, habiéndose establecido que para el año 2011, el país debe alcanzar, entre otras metas, un millón de conexiones de banda ancha; resulta conveniente disponer la realización de un concurso público de ofertas para su asignación, encargando a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso; Que, la realización del citado concurso público, se enmarca en la política adoptada por la presente Administración de promover la expansión de servicios públicos de telecomunicaciones a nivel nacional y la reducción de la brecha de infraestructura existente, coadyuvando al logro de las metas al 2011, previstas en el acotado Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Decretos Supremos Nº 013-93-TCC, 020-2007-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la realización del Concurso Público de Ofertas para seleccionar al operador al que se le asignará los canales 15 al 20 (6 canales de 7 + 7 MHz) de las bandas 10,15 - 10,30 GHz y 10,50 - 10,65 GHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y se le otorgará concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso. Artículo 2º.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, la conducción del Concurso Público de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro a que hace referencia el artículo precedente.