Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2009 (16/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404577

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 097-2009 DECRETO DE URGENCIA MEDIANTE EL CUAL DISPONEN MEDIDAS PARA OPTIMIZAR Y GARANTIZAR LA CONTINUACION DE LA SUPERVISION DE LAS OBRAS DE LOS TRAMOS NºS. 2, 3 Y 4 DEL PROYECTO CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR PERU-BRASIL - IIRSA SUR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 28214, publicada el 30 de MORDAZA de 2004, se declaro de necesidad publica, interes nacional y ejecucion preferente, la construccion y asfaltado del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil, el mismo que se constituyo como medio de transporte multimodal para la integracion y el desarrollo de las areas y poblaciones en el ambito de influencia que comprende los departamentos de Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tacna; Que, con fecha 04 de agosto de 2005, el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribio los Contratos de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion de los Tramos Viales Nos. 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru - Brasil (IIRSA SUR), con las empresas: Concesionaria Interoceanica Sur - Tramo 2 S.A. (concesionaria del Tramo No. 2), Concesionaria Interoceanica Sur - Tramo 3 S.A. (concesionaria del Tramo No. 3) e Intersur Concesiones S.A. (concesionaria del Tramo No. 4); Que, el Pleno del Congreso de la Republica, en sesion celebrada el 30 de octubre de 2008, aprobo las Conclusiones y Recomendaciones del Informe Final en mayoria presentado por la Comision Multipartidaria de Investigacion del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil (IIRSA SUR), en el que se exhorta al Ministerio de Economia y Finanzas y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a garantizar la ejecucion y culminacion de las obras de construccion de los Tramos Viales Nos. 2, 3 y 4 en los tiempos y en el cronograma establecido, asi como en el MORDAZA de las alternativas contempladas en los respectivos Contratos de Concesion; Que, con fecha 14 de noviembre de 2008, el Gobierno Central expidio el Decreto de Urgencia No. 045-2008, mediante el cual autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a determinar y atender los costos y gastos, incluidos los de supervision, generados en el ultimo trimestre de 2008 por la ejecucion de las obras del Tramo 2 del Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil - IIRSA SUR, hasta por la suma de S/. 160 000 000,00 (Ciento Sesenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), para lo cual suscribira los documentos necesarios; la expedicion de la MORDAZA MORDAZA citada, obedecio a que la inversion inicial prevista para el Tramo No. 2, se agoto en el mes de setiembre de 2008; Que, respecto del Tramo No. 3, es preciso senalar que la inversion inicial se agoto en el mes de MORDAZA de 2009 y del Tramo No. 4 se agotara en el mes de diciembre de 2009; es decir, la inversion inicial prevista para los tres tramos se agoto o se agotara mucho MORDAZA de concluir las obras del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil (IIRSA SUR); Que, a traves de la Ley No. 29309, publicada con fecha 31 de diciembre de 2008, se declaro de necesidad publica,

interes nacional y ejecucion preferente la continuacion y culminacion de la construccion y asfaltado de los Tramos Nos. 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur Peru - Brasil (IIRSA SUR), disponiendose la ejecucion de las obras adicionales que no hubieran sido cubiertas por el cien por ciento (100%) de los respectivos Pagos Anuales por Obras (PAO), establecidos en los contratos; asimismo, la citada MORDAZA autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a celebrar los acuerdos con los Concesionarios que MORDAZA necesarios para ese proposito, estando facultado para determinar tanto sus plazos como sus condiciones tecnicas y economicas; asi como a acordar la modificacion de los respectivos Contratos de Concesion en los aspectos que fueran necesarios para asegurar la continuidad y culminacion de las obras respectivas; Que, en cumplimiento del articulo 2 de la Ley MORDAZA citada, con fecha 31 de diciembre de 2008, se expidio el Decreto Supremo No. 181-2008-EF, mediante el cual se aprobo la operacion de endeudamiento externo acordada con la Corporacion MORDAZA de Fomento (CAF), hasta por la suma de US$ 300 000 000.00 (Trescientos Millones y 00/100 de Dolares Americanos), destinados a financiar parcialmente las obras faltantes de los Tramos Nos. 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru Brasil (IIRSA SUR), a merito de lo cual, con fecha 09 de enero de 2009, se suscribio entre el Estado Peruano y la Corporacion MORDAZA de Fomento (CAF) el Contrato de Prestamo mediante el cual se otorgo al Prestatario (Estado Peruano) un monto ascendente hasta por la suma de US $ 300´000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Dolares Americanos), para financiar en parte la ejecucion de la construccion de los Tramos Viales Nos. 2, 3 y 4; Que, a traves de Decreto de Urgencia No. 0252009, publicado el 20 de febrero de 2009, se autorizo la incorporacion, via credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la suma de S/. 772 652 146,00 (Setecientos Setenta y Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles), para el financiamiento del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru - Brasil (IIRSA SUR); Que, el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico OSITRAN, mediante Oficio No. 034-09-OSITRAN de fecha 13 de MORDAZA de 2009, solicito al Concedente que le comunique respecto de las disposiciones efectuadas para dar cumplimiento a la determinacion del monto y del procedimiento, para la atencion de los costos y gastos de supervision, relativos a las obras del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Tramos Nos. 2, 3 y 4, teniendo en consideracion las normas emitidas para tales efectos como son los Decretos de Urgencia Nºs. 045-2008 y No. 025-2009; Que, conforme a lo dispuesto en la Clausula 8.20 de los Contratos de Concesion de los Tramos Nos. 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru Brasil (IIRSA SUR), a partir del ano 2006 el Concedente asume los gastos que demande la supervision de Obras durante el periodo de Construccion; Que, el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, en su calidad de Regulador y las empresas supervisoras suscribieron Contratos de Supervision bajo la modalidad de suma alzada, disponiendo que la contraprestacion a ser percibida por la labor de la supervision seria fijada en funcion a un porcentaje del monto de la inversion ejecutada; en tal sentido, tanto OSITRAN como las empresas supervisoras pactaron supervisar la Obra por una suma fija y en un plazo establecido, debiendo la Obra definirse por sus planos y especificaciones tecnicas objeto del contrato; cabe senalar que para la contratacion de la empresa supervisora, bajo la modalidad mencionada, se MORDAZA con el estudio de factibilidad, mas no con los estudios definitivos, debiendo ser estos ultimos, los que originen la contratacion para el desarrollo de la labor de supervision; Que, conforme se ha senalado precedentemente, la inversion referencial prevista y/o la inversion vinculada al

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